Okupas en Murcia
El dueño de la casa de Murcia que desalojó a sus okupas podría enfrentarse a la cárcel
Ha pasado una semana desde que apareció el vídeo en el que Víctor y sus amigos desokupaban su vivienda
Hace exactamente una semana de la aparición pública del vídeo en el que se veía como el dueño de una casa en El Esparragal, Víctor, y sus amigos desalojaban a los okupas que habitaban en ella con palos en las manos.
Durante estos siete días se ha reabierto el tema de la okupación en Murcia y de las consecuencias que puede afrontar un propietario que decide por su mano sacar a las personas que están okupando su casa.
El vecino de El Esparragal contó a este periódico que en todo momento "midieron mucho" lo que hicieron: "No se levantó ningún palo en alto, no se ejecutó ninguna agresión, no se insultó a nadie. Lo más fuerte que se dijo fue 'a tomar por culo".
¿Podría ir Víctor a la cárcel?
Según indica la JUPOL, el sindicato mayoritario de la Policía Nacional, Víctor podría enfrentarse a dos tipos de delito si los okupas deciden denunciar y lo demuestran. El primero de ellos es la coacción, que implica penas de prisión de entre seis meses y tres años o multas de entre doce y veinticuatro meses, según la gravedad. El segundo es el de 'realización arbitraria de propio derecho', que podría implicar una multa de seis a doce meses.
Sin embargo, en este caso, la justicia es una calle que van en dos direcciones. ¿A qué se enfrentan los okupas que han entrado en la casa de Víctor? Existen tres tipos de situaciones y, de acuerdo con cada una de ellas, se aplican unas penas:
- Ocupación de una vivienda no habitada: los okupas se enfrentarían a una pena de entre tres y seis meses de multa.
- Ocupación de una vivienda habitada, pero sin violencia: entre seis meses y dos años de prisión.
- Ocupación de una vivienda habitada y con violencia: entre uno y cuatro años de prisión y una multa de entre seis y doce meses.
Por supuesto, en todas las variables, las cantidades de las multas las fijará el juez según la gravedad de los hechos, aclaran desde la Policía Nacional, y suelen pagarse con cuotas diarias.
También existe otra posibilidad: si un propietario toma la decisión de cortar la luz y/o el agua a los okupas, estaría incurriendo en un delito de coacción, como recoge el artículo 172.1 del Código.
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