El fenómeno de la ‘okupación’ ha ganado protagonismo en los últimos años, los datos del Ministerio del Interior evidencian un crecimiento paulatino en de las denuncias por ocupación desde hace seis años, y la Comunidad registró un 6,64% más de avisos entre enero de abril de 2022 que en el mismo periodo de 2021. 

La gota que ha colmado el vaso de esta alarma social es un vídeo publicado por La Opinión donde se ve cómo tres hombres irrumpieron en una casa de la Urbanización Los Ángeles, en el Esparragal para echar a un grupo de personas que habían ocupado la vivienda.  

Las redes sociales no han dado abasto para recoger las reflexiones y comentarios sobre el suceso, pero entre todas las publicaciones ha destacado un vídeo de Pepo Jiménez: un arquitecto, periodista y divulgador que ha explicado en dos minutos un concepto clave sobre la ocupación. 

La pieza comienza preguntando “¿Tienes miedo de llegar de vacaciones a tu casa, que te la hayan ocupado, y quedarte una temporada en la calle? Tranquilo, eres una simple víctima, pero no de los ocupas”. 

Según el creador de contenido, en relación al tema de los ocupas, la mayoría de las personas son “víctima de las empresas de seguridad que exageran, de los medios y políticos que desinforman o de los bancos o fondos de inversión que quieren cambiar la ley intoxicando para poder tener cada vez más casas vacías y así poder especular mejor con ellas”. 

La idea que sostiene su argumento es la diferencia entre los delitos de ocupación (usurpación) y allanamiento de morada: “si alguien se mete en tu casa cuando estás en la playa, no es ocupación: no se van a quedar allí a vivir una temporada y se van a comer tus magdalenas. Eso se llama allanamiento de morada y es un delito flagrante, y si llamas a la policía, desalojan ipso facto, sin orden judicial, en el mismo día”. 

A lo largo del vídeo, relata cómo  “la usurpación, o comúnmente llamada ocupación, ocurre solo en viviendas vacías” o “sin servicios mínimos contratados”. 

@kurioso_ ¿Miedo a que te ocupen tu vivienda? #okupacion #okupas #noticias #actualidad #vivienda #bulos #fakenews ♬ sonido original - Pepo Jimenez Moltó

Jiménez explica que este tipo de viviendas vacías “suelen ser de bancos o fondos buitres: 7 de cada 10 pisos vacíos ocupados pertenecen a los bancos, y apenas un 5% a pequeños propietarios”. 

En un último alegato, el divulgador cuenta que “hay que tener miedo a esos que cobran para echar a las familias vulnerables  que no pueden pagar un alquiler. Hay que tener miedo a esos políticos que inventan noticias y desconocen la ley o favorecen el negocio de los bancos” -en referencia a unas declaraciones de Isabel Díaz Ayuso donde insinúa que si alguien se va de vacaciones, se va a entregar su vivienda habitual a los okupas-, o “miedo a esas más de 3,5 millones de viviendas vacías que hay en España y que encarecen el mercado inmobiliario”. 

Diferencia entre allanamiento de morada y ocupación o usurpación          

Tal y como explica Jiménez en el vídeo, en nuestro Código Penal existen dos delitos distintos: el allanamiento de morada y la usurpación (ocupación). 

La diferencia principal entre ambos es la “morada”: si un sujeto ocupa un inmueble ajeno que constituye “morada”, se considera allanamiento; y si no constituye “morada”, se trata de un caso de ocupación o usurpación. 

La morada es, desde el punto de vista jurídico, el domicilio que según la Constitución es “inviolable''. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito”. 

Por tanto, si un okupa entra en una vivienda habitual, está cometiendo un delito de “allanamiento de morada”, que sí implica el desalojo inmediato y consecuencias mucho más elevadas que si un okupa entra en una vivienda vacía.