Social

Más de 330 personas cambian de sexo en el primer año de la Ley Trans en la Región

La autodeterminación de género ha posibilitado que en lo que llevamos de 2024 casi cincuenta murcianos hayan modificado su DNI sin necesidad de pasar por un psicólogo ni ponerse bajo tratamiento hormonal

Manifestación en Madrid a favor de la Ley Trans.

Manifestación en Madrid a favor de la Ley Trans. / EFE

Jaime Ferrán

Jaime Ferrán

La Ley Trans cumplió su primer año el pasado 28 de febrero y en la Región de Murcia ha permitido que, en este tiempo, un total de 339 personas haya cambiado de sexo en el Registro Civil sin necesidad de presentar un informe psicológico y sin tener que hormonarse durante dos años. Precisamente, la gran novedad de la nueva legislación es que basta con la voluntad, con querer hacerlo; es lo que se conoce como autodeterminación de género.

Según los datos extraídos del sistema Dicirge, plataforma adaptada al nuevo modelo de Registro Civil perteneciente al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, durante el año pasado cambiaron de sexo 291 ciudadanos en la Región y, en lo que llevamos de año, lo han hecho 48 personas. En todo el país, el año pasado se produjeron en total 5.139 rectificaciones registrales, cuatro veces más que en 2022, cuando fueron 1.306. 

En España, el año pasado se produjeron 5.139 rectificaciones registrales, cuatro veces más que en 2022

La legislación de 2007 ya reconoció a las personas trans la posibilidad de modificar la asignación registral de su sexo sin necesidad de someterse a un procedimiento quirúrgico y sin procedimiento judicial previo, aunque mantenía la necesidad de disponer de un diagnóstico de disforia de género.

La nueva Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI es clara: «El ejercicio del derecho a la rectificación registral de la mención relativa al sexo en ningún caso podrá estar condicionado a la previa exhibición de informe médico o psicológico relativo a la disconformidad con el sexo mencionado en la inscripción de nacimiento, ni a la previa modificación de la apariencia o función corporal de la persona a través de procedimientos médicos, quirúrgicos o de otra índole».

Félix Peñalver, coordinador del Grupo Trans del colectivo No Te Prives.

Félix Peñalver, coordinador del Grupo Trans del colectivo No Te Prives. / Juan Carlos Caval

Sin embargo, Félix Peñalver, coordinador del Grupo Trans del colectivo No Te Prives, tuvo una sensación agridulce con la ley, ya que «no reconoce a personas no binarias» ni la «violencia intragénero».

Cómo se solicita

Toda persona de nacionalidad española mayor de dieciséis años puede solicitar la rectificación registral del sexo presencialmente (con cita previa) o por correo certificado en cualquier Registro Civil. Las personas menores de dieciséis años y mayores de catorce pueden presentar la solicitud por sí mismas, pero asistidas por sus representantes legales (si hubiera desacuerdo de los representantes legales entre sí o con la persona menor de edad, se nombra un defensor judicial). Incluso, los menores de catorce años y mayores de doce pueden solicitar la rectificación, si bien previamente necesitan obtener una autorización judicial.

Los menores de 16 años y mayores de 14 pueden presentar la solicitud por sí mismas, pero asistidas por sus padres

En el Registro Civil hay que presentar un escrito de solicitud con la elección, en su caso, del nuevo nombre, además de los datos de identidad. Este documento ha de ir acompañado del certificado de nacimiento, el DNI y, en el caso de menores de entre 12 y 14 años, un testimonio de la resolución judicial autorizando el cambio de la mención registral del sexo. 

El ciudadano que desee cambiar de sexo será citado en el Registro una vez que haya solicitado la petición. En dicha comparecencia, el responsable administrativo recogerá la manifestación de disconformidad con el sexo que aparece en el certificado de nacimiento, así como la petición de rectificación y la elección de un nuevo nombre propio, salvo cuando la persona quiera conservar el que ya ostente. 

Tras la comparecencia inicial, el Registro Civil citará a la persona interesada en un plazo máximo de tres meses para que comparezca de nuevo y ratifique su solicitud

Una vez hecho, se dictará una resolución sobre la rectificación registral solicitada dentro del plazo máximo de un mes a contar desde la fecha de la segunda comparecencia. Solicitud resuelta, la persona ya podrá ejercer todos los derechos inherentes a su nueva condición. 

Desde el Ministerio recuerdan que la rectificación registral del sexo es reversible, de modo que, transcurridos seis meses desde la inscripción, las personas que hubieran promovido tal rectificación podrán recuperar la mención registral del sexo que figuraba originalmente siguiendo el mismo procedimiento.

Las críticas que soporta

Una críticas frecuentes hacia la Ley Trans es que perjudica a las mujeres en las competiciones deportivas. Sin embargo, la ley no modifica las normas en este ámbito y deja en manos de las federaciones los requisitos para competir.

Parte del feminismo se posiciona en contra porque consideran que, al permitir cambiar de sexo en el registro civil con la mera voluntad del interesado, «borra» a las mujeres y sitúa el género por encima del sexo biológico.

Sin fraudes de ley a la vista, más allá del curioso caso del policía de Beniel

Uno de los miedos que había con la Ley Trans tenía que ver con evitar los fraudes de ley, es decir, que aparecieran hombres que quisieran aprovecharse de la rectificación registral para alterar el régimen jurídico que protegía a sus parejas o exparejas víctimas de violencia de género; o beneficiarse de medidas de acción positiva a favor de las mujeres contempladas en la ley de igualdad que afectaran a oposiciones. 

En la Región de Murcia, el único caso que llamó la atención fue el de un policía de Beniel que se cambió de sexo (a mujer) en el Registro pero que no modificó su nombre masculino. La Alcaldía ordenó entonces que se habilite para esta persona, que no se ha hormonado y lleva décadas como hombre en el cuerpo, un aseo a modo de vestuario, para que no comparta instalaciones con otras compañeras femeninas.

Vecinos del pueblo ya conocen el cambio legal emprendido por esta persona de casi 60 años que, aseguran, tiene novia, hija y nieta. 

Lo que sí parece una estafa en toda regla es lo que ha sucedido en Ceuta, donde 37 militares y policías cambiaron de sexo en el Registro, pero mantuvieron el nombre y hasta la pareja. Hasta reconocen que lo hicieron para beneficiarse del hecho de ser mujer.

El tratamiento ofrecido en este caso en algunos medios de comunicación, con rótulos en los que se podía leer «Transexuales bajo sospecha» ha indignado sobremanera a la comunidad LGTBI. Carla Antonelli, senadora de Más Madrid e histórica activista trans, denunció el señalamiento general a todo el colectivo. «Imaginemos un titular de «Gitanos bajo sospecha», «Negros bajo sospecha», «Mujeres bajo sospecha», «Homosexuales bajo sospecha», «Inmigrantes bajo sospecha» o «Periodistas bajo sospecha», exclamó.

Ante la previsión de que casos así, que son la gran minoría, pudieran suceder, la ley incluye un punto en el artículo 46 que dice que «la persona que rectifique la mención registral del sexo pasando del sexo masculino al femenino podrá ser beneficiaria de medidas de acción positiva [...] para aquellas situaciones generadas a partir de que se haga efectivo el cambio registral, pero no respecto de las situaciones jurídicas anteriores a la rectificación registral». Lo mismo pasa para casos de violencia de género.