Tribunales

La fiscal sancionada cuando estaba embarazada de riesgo rechaza que su caso llegue al TC

El Supremo estudia presentar cuestión de inconstitucionalidad para que se aclare quién tiene la competencia para revisar los castigos a los fiscales

Fachada del Tribunal Supremo en Madrid.

Fachada del Tribunal Supremo en Madrid. / EP

Cristina Gallardo

La fiscal de Toledosancionada con 1.500 euros por retrasos en su trabajo, pese a que se encontraba de baja por un embarazo de riesgo, considera que el Tribunal Supremo la perjudica con su intención plantear una cuestión ante el Tribunal Constitucional antes de resolver su caso particular. El alto tribunal tiene dudas sobre la constitucionalidad de las normas aplicables, en particular sobre quién tiene la competencia para revisar los castigos disciplinarios a los fiscales.

Así lo señala en el escrito de alegaciones que su defensa ha presentado a requerimiento de propia Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, en el que advierte que la remisión del asunto al órgano de garantías "en la práctica conllevaría el incumplimiento de dicho precepto, al dejar viva la sanción más meses o años, con el correspondiente estigma" para la funcionaria.  

Por ello, los representantes legales de la fiscal consideran que el Supremo debería de abstenerse de plantear la cuestión de inconstitucionalidad y proceder al dictado de la sentencia que resuelva ya la cuestión. Aún falta conocer las posturas de la Fiscalía y la Abogacía del Estado.

El litigio planteado ante el alto tribunal por el fiscal en excedencia y abogado Juan Antonio Frago y la letrada Verónica Suárez podría servir para aclarar el sistema de imposición de unas medidas, las de sancionar disciplinariamente a los fiscales, que han sido adoptadas de modo muy excepcional desde el inicio de la democracia. Apenas se abren más de cuatro investigaciones de este tipo al año, y en muy raras ocasiones acaban en sanción.

En este caso concreto se trata de aclarar si el fiscal jefe de Toledo, Antonio Huélamo, incurrió en una conducta de acoso hacia una subordinada al impulsar un expediente por retrasos en su trabajo que terminó en sanción económica. La fiscal rebate la multa asegurando que no fue más que la consecuencia de sus quejas tras pretender su jefe que siguiera despejando asuntos desde su domicilio a pesar de encontrarse de baja por un embarazo de riesgo. Fuentes de la Fiscalía apuntan a este diario que el litigio que el Supremo tiene sobre la mesa no analiza un caso de acoso, sino la legalidad del expediente por retrasos injustificados, y añaden que éstos existían antes de la baja.

A la hora de plantear su cuestión de inconstitucionalidad, la duda la centra el Supremo en un apartado del artículo 67 del Código Penal que dice que las resoluciones del Fiscal General del Estado, como es el caso de las sanciones, "serán recurribles en alzada ante el Ministro de Justicia". La cuestión es que una reciente reforma de la ley de jurisdicción contencioso-administrativa, operada en 2022, atribuye al Tribunal Supremo la competencia para conocer los actos del fiscal general, mientras que otro inciso de esta ley dice que es la Audiencia Nacional la competente para revisar decisiones de los ministros que supongan una rectificación.

Durante la vista por este asunto, celebrada el pasado 11 de octubre en el alto tribunal, el fiscal jefe cuestionado negó haber pedido la fiscal que trabajara desde casa durante su baja médica. Según su versión, la fiscal le advirtió un día antes de que se iría de baja por un embarazo de alto riesgo y él se limitó a comentarle que "en la medida de lo posible", despejara antes los asuntos que tuviera pendientes.

En el marco de la vista, el tribunal accedió a reproducir una grabación aportada por la defensa en la que se recoge el encuentro mantenido entre ambos en junio de 2021. Huélamo no afirmó ni negó ser quien aparece en la grabación, si bien su defensa califica esta grabación de "pirata".