Fiscalidad

El Constitucional avala el impuesto a las grandes fortunas

El Tribunal tumba el recurso de Ayuso, que también presentó la Región, por lo que resulta previsible que el juzgado resuelva lo mismo respecto a la comunidad murciana

Isabel Díaz Ayuso.

Isabel Díaz Ayuso. / EFE

Cristina Gallardo / Ángeles Vázquez

El pleno del Tribunal Constitucional ha validado el impuesto de grandes fortunas aplicado por el Gobierno frente al recurso que presentó el Ejecutivo de Isabel Díaz Ayuso en la Comunidad de Madrid. La ponencia respaldada por la mayoría de magistrados señala que el citado impuesto no supone una invasión por parte del Estado de las competencias autonómicas en materia fiscal. 

El texto, elaborado por la magistrada del sector progresista María Luisa Balaguer, subraya que el recurso de la Comunidad de Madrid no indica ninguna competencia autonómica que se haya visto afectada por el impuesto impugnado y sitúa la "queja real" del Gobierno de Ayuso en que aquellos de sus residentes con un patrimonio superior a 3 millones de euros -únicos sujetos al impuesto- tendrán que abonarlo, por lo que Madrid perdería su atractivo fiscal para atraer dicha riqueza a su territorio.

Para el tribunal, este objetivo no puede impedir al Estado ejercer su competencia para establecer nuevos tributos. Si en el pasado el Constitucional ya había reconocido que el Estado puede ocupar un espacio fiscal autonómico para armonizarlo, "con mayor razón podrá hacerlo en su propio espacio fiscal", como es este, añade la resolución. La sentencia cuenta con los votos particulares de los magistrados Ricardo Enríquez, César Tolosa, Enrique Arnaldo y Concepción Espejel, que integran la minoría conservadora del órgano.

La medida tributaria supone un tipo del 1,7% para los patrimonios de entre 3 y 5 millones de euros; del 2,1% para los de entre 5 y 10 millones; y del 3,5% para los superiores a 10 millones de euros. Sólo para Madrid, el Gobierno de Díaz Ayuso estima que el impuesto provocará que la Comunidad de Madrid tenga unas pérdidas de entre 1.200 y 1.600 millones de euros al año, porque frenará las inversiones extranjeras en la región.

Para los madrileños

No obstante, tras conocer la sentencia, la presidencia madrileña, Isabel Díaz Ayuso, ha anunciado una nueva ley autonómica para adoptar el tributo sobre grandes fortunas en Madrid, de modo que sea posible "recaudar ese impuesto para que se quede en las arcas madrileñas y destinarlo a los madrileños", una actitud que ha sido rápidamente recogida por la ministra de Hacienda en funciones, María Jesús Montero. En la sesión de control del Senado, a una pregunta sobre financiación autonómica formulada desde el Grupo Popular, afirmó: "Me alegro de que hoy la señora Ayuso haya reculado respecto al impuesto de Patrimonio". "Es una decisión importante que adoptó el Gobierno en aras a lo que creemos es una fiscalidad que ha de ser justa", destacó la portavoz del Ejecutivo en funciones y ministra de política territorial, Isabel Rodríguez, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, informa Europa Press.

En su impugnación, Madrid defendía que el nuevo tributo podría vulnerar, entre otros, los principios de seguridad jurídica, capacidad económica y no confiscatoriedad, así como la autonomía política y financiera de las comunidades autónomas.También hacía referencia el recurso la tramitación de este impuesto se ha llevado a cabo en un proyecto de ley "que no tenía nada que ver con este tributo". También denunciaba "la inseguridad jurídica" del nuevo impuesto, por sus efectos retroactivos para todo 2022 pese a su entrada en vigor a finales de diciembre, lo que suponía "una carga fiscal" con la que los contribuyentes no contaban.

No es desproporcionado

La sentencia declara que el impuesto sobre grandes fortunas solo tendría efecto confiscatorio en caso de agotar el valor del patrimonio, no la renta generada por los bienes gravados, que es una manifestación distinta de la capacidad económica. Reprocha al recurso del Gobierno de Madrid que no aporte datos sobre el supuesto carácter desproporcionado de los tipos de gravamen. Es más, la sentencia cita los datos extraídos de las estadísticas de la Agencia Tributaria según los cuales el tipo efectivo de gravamen del impuesto sobre grandes fortunas está por debajo del 0,5% del valor del patrimonio gravado, por lo que no es desproporcionado.

Y acerca de la supuesta retroactividad, la sentencia subraya que el impuesto sobre grandes fortunas no se aplica en relación con un periodo impositivo, sino solo por referencia a una fecha concreta, el 31 de diciembre de 2022 y 2023. Por ello, a la fecha de entrar en vigor no había ninguna situación que hubiera empezado a producir efectos, lo que descarta el carácter retroactivo y la vulneración del principio de seguridad jurídica.

También han interpuesto recurso de inconstitucionalidad contra el impuesto sobre grandes fortunas el Gobierno de la Junta de Andalucía, la Asamblea de Madrid, la Xunta de Galicia y el Gobierno de Murcia; procesos que deberán resolverse aplicando la misma doctrina expuesta en esta sentencia.

Votos particulares

A juicio de los magistrados discrepantes, el nuevo impuesto sí vulnera la autonomía financiera y política de las comunidades autónomas que forma parte del bloque de la constitucionalidad, ya que prevé que las comunidades autónomas puedan asumir las bonificaciones del impuesto sobre el patrimonio. Consideran que la “armonización” pretendida con la creación del impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas "pretende neutralizar las bonificaciones en el impuesto sobre el patrimonio establecidas por algunas comunidades autónomas", sin seguir el procedimiento establecido y "vulnerando así la autonomía política y financiera de estas, que comprende la opción de bonificar los tributos cedidos".

También entienden vulnerado el principio de seguridad jurídica al entender que el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas se aplica a todo el ejercicio 2022, casi agotado cuando entra en vigor dicha ley "lo que ha impedido a los sujetos pasivos del impuesto ordenar sus relaciones económicas con tiempo suficiente"