Movilidad

Sanciones de hasta 200 euros en Murcia por usar auriculares o el móvil mientras se circula en bici

La norma también aclara que en los carriles bici sobre las aceras son los peatones los que tienen preferencia de paso

Un ciclista utiliza el nuevo carril bici de Gran Vía, en dirección a la plaza Circular.  | JUAN CARLOS CAVAL

Un ciclista utiliza el nuevo carril bici de Gran Vía, en dirección a la plaza Circular. | JUAN CARLOS CAVAL / a.lorente

Alejandro Lorente

Alejandro Lorente

Lo más llamativo de la nueva ordenanza de movilidad, que recibió su aprobación inicial en el último Pleno y que ahora se encuentra en exposición pública, es sin duda, la primera regulación de los vehículos de movilidad personal, especialmente lo relativo a los patinetes eléctricos, cada vez más habituales en el centro de la ciudad. Sin embargo, esta ordenanza también ha actualizado la regulación de otro medio de transporte popular como es la bicicleta. La normativa, que entrará en vigor a finales de este mismo año, ha adaptado a su texto la última legislación y a las últimas modificaciones de la Ley sobre Tráfico, Circulación y Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Entre otras cosas, la ordenanza prohíbe circular utilizando cascos de audio o auriculares conectados a aparatos reproductores de sonido. Tampoco permite el uso durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil, «así como cualquier otro medio o sistema de comunicación que implique uso manual».

En cuanto al casco, la norma establece que es «recomendable» para los usuarios de bicicletas y ciclos de los 16 años en adelante, siendo obligatorio para los menores de 16 años independientemente de la zona por la que circulen. Para todos ellos el uso de esta protección será obligatorio cuando circulen por vías interurbanas.

La ordenanza también prohíbe expresamente lo que se conoce popularmente como «hacer caballitos», es decir, arrancar o circular con el vehículo apoyando una sola rueda. Tampoco está permitido sujetarse a otros vehículos en marcha o efectuar maniobras bruscas, frenadas o derrapes que puedan poner en peligro la integridad física de quienes ocupan el vehículo y del resto de personas usuarias de la vía pública. El incumplimiento de la mayoría de estas indicaciones (circular por zonas prohibidas, el uso de auriculares) se considera una infracción grave, por lo que la sanción puede llegar hasta los 200 euros.

Aunque no es obligatorio, la ordenanza recomienda que los ciclistas cuenten con un seguro de responsabilidad civil con cobertura en caso de accidente para daños a terceras personas, personales o materiales.

En zonas peatonales está prohibido circular en bici.  | JUAN CARLOS CAVAL

En zonas peatonales está prohibido circular en bici. | JUAN CARLOS CAVAL / a.lorente

Otro aspecto que aclara la nueva normativa está relacionado con la preferencia de paso. En los carriles situados en la acera (acera-bici), los peatones tendrán preferencia de paso y las bicicletas deberán moderar su velocidad, mientras que en los carriles segregados es la bicicleta la que tiene prioridad sobre el peatón.

Además, la circulación por los carriles bici señalizados en aceras deberá hacerse con precaución, evitando maniobras bruscas y adaptando la velocidad (no superior a los 10 km/h) para poder anticiparse a la presencia de peatones, y de manera muy especial ante una posible irrupción de menores, personas mayores y personas con discapacidad o diversidad funcional visual o psíquica.

En cuanto a la regulación semafórica llama la atención que, en los cruces regulados por semáforos, en situaciones con retenciones de tráfico, se permite a las personas en bicicleta adelantarse a la línea de detención estando el semáforo en fase roja para realizar un giro, respetando la prioridad del resto de usuarios. Además, en aquellos semáforos que no regulen la circulación en intersecciones y que sólo señalicen un paso para peatones podrán ser también sobrepasados por los conductores de bicicletas, «siempre a velocidad moderada y respetando la prioridad de paso de los peatones, y siempre que exista señal específica para bicicletas».

Además, en zona 30 y zonas 20 las bicicletas tendrán prioridad sobre la circulación del resto de vehículos, pero no sobre los peatones, que tendrán preferencia de paso en cualquier punto de la calzada

Al igual que ocurre con los patinetes eléctricos, se prohíbe la circulación de bicicletas por las aceras y zonas peatonales, excepto a los menores de 12 años a quienes acompañe una persona adulta a pie, a velocidad similar a la de los peatones y respetando en todo momento la prioridad de estas. «Cuando la persona en bicicleta precise acceder a la acera, deberá hacerlo desmontando de la bicicleta y transitando con ella en mano hasta su destino o lugar de estacionamiento, actuando a todos los efectos como peatón».

En cuanto al estacionamiento, la ordenanza de movilidad prohíbe específicamente «anclar la bici a árboles o cualquier elemento de mobiliario urbano» y por supuesto hacerlo en aquellos tramos cuando suponga un obstáculo en los pasos de peatones o en paradas de transporte público colectivo o en estacionamientos reservados para vehículos.

En este apartado, la ordenanza deja caer que el Ayuntamiento habilitará «progresivamente, mediante planes por distritos al efecto, un número adecuado de plazas de estacionamiento para bicicletas, en la calzada y en aparcamientos públicos». Una vez implantado este plan en un distrito, advierte la norma, «no estará autorizado en él estacionar bicicletas en aceras y espacios peatonales, salvo en los lugares expresamente señalizados y delimitados por marcas viales».