Medio Ambiente

El caso de la depuradora tóxica de Lorca, base para la condena europea a Suiza

La histórica sentencia del TEDH contra el país helvético por violar los derechos de la población por sus políticas climáticas se apoya en el caso López Ostra por los contaminantes ambientales

La sentencia puede sentar un precedente sobre los juicios climáticos

La sentencia puede sentar un precedente sobre los juicios climáticos / Ronald Witter / EFE

Europa Press

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó este martes a Suiza por violar los derechos fundamentales de la población con sus políticas climáticas, una sentencia histórica que pone fin al que es ya el tercer caso de gran envergadura vinculado al cambio climático presentado ante la corte.

Una sentencia que permite presionar a los gobiernos para poner fin a la emisión de gases de efecto invernadero que provocan un aumento de la temperatura a nivel global. Según se desprende de la sentencia, Suiza es culpable de violar los derechos a la vida familiar de las demandantes, un grupo de más de 2.000 mujeres suizas agrupadas bajo el nombre de ‘KlimaSeniorinnen’. 

El texto del TEDH está basada, en parte, en un caso que tiene su origen en Lorca. A finales de los años 80, varias empresas dedicadas al cuero construyeron en los terrenos propiedad del Ayuntamiento de Lorca y con una subvención del Estado y sin licencia municipal, una planta depuradora de aguas y residuos que se encontraba a doce metros del domicilio de la familia de Gregoria López Ostra. 

La existencia de olores nauseabundos, humos pestilentes y ruidos persistentes llevaron a esta mujer a iniciar un proceso judicial que acabó en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos tras las negativas de la Audiencia Territorial de Murcia, el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional, pese a que el Ministerio Público se mostró favorable a las pretensiones de López Ostra. 

Los tóxicos provocaron perjuicios evidentes para Cristina, la hija de denunciante, que certificó tanto el pediatra Ayala Sánchez, aseguró que la hija presentaba un cuadro clínico de náuseas, vómitos, reacciones alérgicas y anorexias que solo eran explicables por el hecho de vivir en una zona altamente contaminada, por lo que recomendó alejar a esa niña del lugar. 

O el Instituto Médico Legal de Cartagena que afirmó que el nivel de emisiones de gas en las casas cercanas a la planta superaba el umbral autorizado y que tanto la hija como su sobrino presentaban un estado típico de impregnación crónica por el gas en cuestión, con accesos que se manifestaban en forma de infecciones broncopulmonares agudas. 

El TEDH falló en favor de la lorquina y en esa sentencia se ha apoyado el Tribunal para condena a Suiza, que dice que ha fracasado a la hora de cumplir con sus obligaciones para detener el cambio climático. Las ‘KlimaSeniorinnen’ alegaron que el Gobierno había incurrido en una violación de su derecho a la vida dado que las mujeres de edad avanzada tienen una mayor probabilidad de morir en caso de que se produzcan olas de calor. La corte rechazó, sin embargo, el caso presentado contra Francia, así como una tercera demanda de un grupo de jóvenes portugueses, que acusaban a una treintena de países por su implicación en el calentamiento global.