Judicial

Condenan a dos porteros de El Invernadero por lesionar a una clienta al echarla del local

La jueza considera probado que en septiembre de 2022 los dos vigilantes la sacaron a la fuerza, la tiraron al suelo y le causaron heridas

Interior del bar de ocio El Invernadero, en el Mercado de Correos.

Interior del bar de ocio El Invernadero, en el Mercado de Correos. / La Opinión

Ana Lucas

Ana Lucas

Los hechos que se consideran probados tuvieron lugar sobre la una y media de la madrugada del 3 de septiembre de 2022, en el bar El Invernadero, ubicado dentro del Mercado de Correos de Murcia. Según se lee en la sentencia firmada por Ana María Martínez Blázquez, titular del Juzgado de Instrucción nº 3 de Murcia, el primer acusado "invitó a la mujer a que dejara la copa y se marchara del local cuando ella hablaba por teléfono, nerviosa, en la entrada porque previamente no habían dejado entrar a su amiga; y, ante la negativa de ella, la cogió por detrás y la sacó a la fuerza del local, empujándola".

Después, "estando la mujer fuera del local y en la puerta con intención de volver a entrar, el otro vigilante de seguridad la cogió del brazo y la tiró al suelo". Como consecuencia de la caída, la víctima sufrió lesiones físicas en la rodilla y en la palma de la mano derecha "que precisaron para su curación una primera asistencia médica y cuatro días de curación de perjuicio básico". La mujer llevó a los porteros a la Justicia. Y ya hay sentencia: son culpables. Y ambos son condenados por un delito leve (uno de elsiones, otro de maltrato de obra) y han de pagar cada uno 180 euros de multa. A la víctima han de abonarle 400 euros por los daños morales sufridos.

"La tiró como un trapo"

A la hora de dictar la resolución, la jueza tiene en cuenta que "la declaración de la víctima resulta corroborada con la documental obrante consistente en el parte médico objetivo de lesiones, en los fotogramas de las grabaciones captadas por las cámaras de seguridad y por una testifical, la de un taxista".

Este testigo "declaró que el día de los hechos llegó al lugar conduciendo su taxi por cuanto lo habían llamado y que paró en el semáforo que hay justo en la puerta del mercado; y que estando allí, vio como el portero que había en la puerta cogió por el brazo y tiró al suelo a la denunciante como un trapo cuando ella pretendía entrar llevando una copa en la mano; que después, ella y otras chicas se montaron en el taxi y decían que lo iban a denunciar; que la chica llevaba una copa en la mano cuando el portero la tiró al suelo y que tenía rasguños".

"Velaban por el orden"

En la resolución judicial se destaca que "refiere la defensa y el fiscal que los denunciados actuaron en ejercicio de un deber y que, por ello, deben ser absueltos o en su caso rebajada la pena, pues entienden que hubo una actitud provocadora y violencia por parte de la mujer para con los porteros que justifica la acción de los denunciados como vigilantes de seguridad que debían de velar por el orden, seguridad y tranquilidad". En este sentido, "explican que la mujer quería salir a por su amiga para que entrara y se saltara toda la cola portando una copa de cristal, y que, ante la negativa de ellos, se puso muy alterada, violenta, teniendo aquellos que velar por el orden en el establecimiento".

"La fuerza empleada por los porteros no era necesaria ni proporcionada", subraya la jueza

No obstante, la jueza estima que "la fuerza empleada por los porteros no era necesaria ni proporcionada habida cuenta las circunstancias concurrentes, por lo que no se entiende aplicable la eximente completa o incompleta del ejercicio de deber".