Agricultura

Los agricultores murcianos dudan de que el nuevo registro de contratos pueda evitar la venta a pérdidas

La nueva herramienta para fiscalizar las operaciones comerciales entre productores y la cadena de distribución afectará a las ventas de 4,6 millones de toneladas de fruta, verduras o carne

Un jornalero recolecta alcachofas en una explotación agrícola de Tercia, en Lorca.

Un jornalero recolecta alcachofas en una explotación agrícola de Tercia, en Lorca. / Pilar Wals

Alberto Sánchez

Alberto Sánchez

El nuevo registro digital de los contratos en el sector agrario fiscalizará las operaciones comerciales entre agricultores y empresas de distribución para todas las hortalizas, frutas, pescado o carne que se produzcan en la Región de Murcia. Esta nueva herramienta nace de la reciente Ley de la Cadena Alimentaria, que busca romper con la peligrosa tendencia de las ventas a pérdidas con contratos que no cubren ni siquiera los costes de producción. 

Sin embargo, la nueva medida que entrará en vigor a partir del 31 de enero genera dudas entre el sector agrario regional, ya que apuntan que si no hay un refuerzo de recursos humanos y materiales en la inspección y control de estos contratos, todo seguiría igual. La aplicación de la ley del Ministerio de Agricultura ha levantado ampollas entre los representantes del campo, que no ven mejoras en el margen de beneficios que obtienen los productores con las ventas en origen. 

En la Región, el nuevo registro electrónico afectará a la comercialización anual de una producción de alimentos que alcanza las 4,6 millones de toneladas. De incrementar la protección de los productores primarios y las agrupaciones agrícolas se hará cargo la Agencia de Información y Control Alimentarios que, junto con las comunidades, deberán vigilar las transacciones comerciales. Es aquí, apunta Alfonso Gálvez, secretario general de Asaja Murcia, donde se debe reforzar los medios. 

«La implantación del registro es una buena noticia, una herramienta que permitirá que los intereses comerciales de ambas partes queden protegidos», señala Gálvez, «pero es importante aplicar un seguimiento y control exhaustivo para evitar abusos en las condiciones de los contratos». 

En la misma línea se expresa José Miguel Marín, presidente de COAG Murcia, que denuncia la pérdida de poder adquisitivo del agricultor «año tras año» pese a la implantación de la Ley de la Cadena Alimentaria. «Hasta ahora ningún mecanismo ha podido evitar que se siga vendiendo a pérdidas por parte de los agricultores». 

Control a las condiciones de los productos de terceros países

El nuevo registro electrónico tendrá dos aspectos positivos para las organizaciones agrarias. Una de ellas, señala Alfonso Gálvez, es obtener una información «valiosísima» sobre el volumen de comercialización de productos agrícolas que llegan de fuera de la Unión Europea. «Conocer las operaciones de compra venta de productos que se importan de terceros países será determinante para saber qué si cumplen las condiciones de producción de Europa». Por otro lado, remarca, a nivel estadístico también valdrá para detallar la capacidad comercial de regiones como Murcia a la hora de vender productos agrícolas o cárnicos. 

Entre las especificaciones que menciona el Ministerio, subraya que la nueva norma aclara que los obligados a inscribir el contrato serán los primeros compradores cuando adquieran leche cruda a los ganaderos. «Para aquellos contratos alimentarios formalizados como contratos de integración, como en el caso de producciones de engorde del sector avícola, será el integrador el obligado a inscribirlo en el registro electrónico».

Con la finalidad de garantizar que la aplicación electrónica del registro funcione bien y se asegure que los operadores tengan margen para disponer de los recursos necesarios, la norma aclara que se podrá «realizar la inscripción de los contratos alimentarios desde el próximo 31 de enero de 2023, aunque no tendrá carácter obligatorio hasta el 30 de junio de 2023».

El Ministerio defiende que se va a lograr «una mayor seguridad jurídica de las relaciones comerciales y una estructuración más eficiente de la cadena de valor». 

El Real Decreto que recoge este nuevo registro aclara quienes son los sujetos obligados a la inscripción de los contratos alimentarios que, según la ley de la cadena, corresponde a los compradores que formalicen los contratos con los productores primarios y sus agrupaciones. También precisa el procedimiento de inscripción, «que debe realizarse antes de la entrega de los productos objeto del contrato, así como cuando se produzcan modificaciones del contrato pactadas por ambas partes», señala el Ministerio.

Contratos homologados

Los cítricos, señala Gálvez, en fresco o para zumo tenían un contrato tipo homologado hasta ahora, pero muchas de las comercializaciones de este producto se realizaban al margen de estos procesos. Esto, señala, deberá cambiar con el nuevo registro. «La mayoría de operaciones vienen con un soporte contractual, pero el registro de los acuerdos comerciales debería ser una garantía de cumplimiento si se controla». 

Asaja reclama que las comisiones de seguimiento entre el Ejecutivo central y las autonomías al respecto de la Ley de la Cadena tengan más peso para garantizar el buen funcionamiento de este tipo de herramientas.

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