Judicial

Rebajan la pena por la ley del 'sí es sí' a un hombre que violó a su hijastra de 11 años en Lorca

El individuo, de 39 años, aceptó siete años, un mes y quince días de prisión por agredir a la niña, pero el cambio de norma hace que le bajen la condena a seis años, diez meses y quince días

Las violaciones aumentaron un 34% en 2022, un año con un 18% más de delitos.

Las violaciones aumentaron un 34% en 2022, un año con un 18% más de delitos.

Ana Lucas

Ana Lucas

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Murcia ha rebajado la pena a un hombre, que ahora tiene 39 años, que fue condenado por violar tres veces a su hijastra de 11 años de edad en su casa de Lorca. La reducción de condena se produce por la Ley Orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual, conocida como la ley del ‘solo sí es sí’.

En noviembre de 2021, el tribunal condenaba a este individuo a una pena de siete años, un mes y quince días de prisión, pena que él mismo pactaba. La sentencia fue una conformidad, el sujeto reconoció ser el autor de las violaciones a la menor y, además de la pena de cárcel, era condenado a indemnizarla con 30.000 euros por los daños morales causados.

El condenado pedía cumplir solo un lustro entre rejas porque confesó los delitos e iba ebrio al cometerlos

Tal y como se lee en el relato de hechos probados, cuando la mujer se iba a trabajar, el sujeto amenazaba a la menor con hacerle daño, a ella y a su madre, si contaba algo, y entonces la sometía a tocamientos por distintas partes del cuerpo. Llegó a violarla en al menos tres ocasiones. La menor estuvo años soportando las amenazas y los ataques sexuales de su padrastro, hasta que una noche de verano, cuando el sujeto la agarró de pelo, la agredió físicamente y la violó en su dormitorio, decidió contar el sufrimiento que llevaba tiempo padeciendo.

Sentencia por conformidad

Tras ese último ataque, la menor habló con su madre y la mujer acudió a poner la denuncia. Como el hombre estaba plenamente identificado, la Policía lo arrestó esa misma noche. A las pocas horas, pasó por el Juzgado de Guardia y de ahí a prisión.

A la hora de dictar la sentencia por conformidad, el tribunal tuvo en cuenta distintos informes del Instituto de Medicina Legal, cuyos forenses, tras examinar a la víctima, localizaron el perfil genético del padrastro en la zona vaginal de la niña.  

Al entrar en vigor la ley del ‘solo sí es sí’ (que fue recientemente reformada), la defensa de este individuo recurrió. En concreto, su abogado argumentó que «dada la nueva regulación, con pena según el artículo 181 del Código Penal de 10 a 15 años de prisión, y concurriendo dos atenuantes, que determinaron la rebaja en dos grados, entiende que procede imponer una pena revisada de cinco años de prisión». Esos dos atenuantes que cita serían la confesión tardía y que iba borracho cuando atacaba a la hija de su pareja.

La Audiencia entiende que, con el nuevo texto legal en la mano, ha de bajársele la condena a este violador, aunque no tanto como su letrado pedía. «Debe revisarse y reducirse a la pena de seis años, diez meses y quince días de prisión», detalla el documento judicial, fechado el pasado día 5 de abril.

El resto de pronunciamientos de la sentencia se mantienen. Por tanto, este agresor sexual sigue teniendo una orden de alejamiento de su víctima en vigor durante una década, el mismo tiempo que, cuando salga de la cárcel, pasará en régimen de libertad vigilada. Esta misma semana, el Senado aprobaba la reforma de la ley del ‘solo sí es sí’: la nueva norma eleva las penas, pero no acaba con las revisiones. Menos con las que ya estaban tramitándose.