Cartagena

Las multas por incumplir la ordenanza de bienestar animal reportarán más de 90.000 euros en Cartagena

La mayoría de ellas son por pasear a la mascota sin correa o por no ponerle el correspondiente microchip

Un hombre pasea a su perro por las calles de la ciudad.  Iván Urquízar

Un hombre pasea a su perro por las calles de la ciudad. Iván Urquízar / Juan daniel González

El pasado mes de mayo entró en vigor la nueva ordenanza para la protección y tenencia de los animales de compañía. Una normativa que sustituía al anterior, vigente desde 2003, y otorgaba un mayor ámbito de protección a los derechos de los animales, imponiendo multas más cuantiosas a aquellos que la incumplan.

En este sentido, la Concejalía de Sanidad, que dirige el teniente de alcalde y concejal, Manuel Padín, tramitó 87 sanciones administrativas respecto a la Ley de Bienestar Animal durante 2022, de un total de 262 que impuso, recaudando más de 93.000 euros, según datos que han facilitado fuentes municipales a La Opinión. Entre ellas destacan 45 infracciones por pasear con el animal de compañía suelto y 38 por carecer de licencia para la tenencia de un animal potencialmente peligroso. Ambas infracciones leves que, según queda reflejado en la ordenanza, pueden ser sancionadas con multas de 100 a 1.500 euros. En total, Sanidad ha expedido 211 licencias para la tenencia de perros potencialmente peligrosos durante 2022 y ha tramitado, además, 115 apercibimientos para la renovación de dichas licencias, al haber transcurrido el plazo de 5 años que marca la Ley para entenderlas caducadas. Además, se han impuesto 24 expedientes por carecer del preceptivo microchip, infracción grave que puede suponer una multa de entre 1.500 y 6.000 euros.

Cabe recordar que la nueva normativa también considera como sanciones leves otras acciones como no recoger inmediatamente los excrementos de los animales o limpiar sus orines; la tenencia permanente de estos en balcones, vehículos o cualquier otro habitáculo de dimensiones reducidas; alimentar a colonias felinas en la vía pública de forma no autorizada; no avisar a las autoridades municipales del atropello de un animal, ante la ausencia de su dueño; o consentir que los animales causen molestias a los vecinos de manera frecuente sin que se tomen las medidas oportunas para evitarlo.

Otras infracciones

También se consideran infracciones graves, por ejemplo, la permanencia de animales en el interior de vehículos sin la correspondiente supervisión y control por la persona propietaria o poseedora, sin la ventilación y/o temperatura adecuadas; no adoptar las medidas necesarias para evitar que los animales puedan escaparse de su recinto o alojamiento, permitiendo que el animal deambule por las vías y espacios públicos, sin la vigilancia de la persona propietaria o poseedora.

Las infracciones muy graves, penadas con multas que van de los 6.000 a los 30.000 euros, pueden ser por ejemplo el abandono o el maltrato o la organización de peleas entre animales de cualquier especie y su participación en ellas.