Caso Atalayas
La jueza suspende temporalmente la demolición de las discotecas de Atalayas incendiadas
En un mes, se permitirá que otros técnicos o expertos realicen sus informes periciales, tal y como pedían algunos familiares de las víctimas
![Fachada de la discoteca Teatre en las Atalayas tras el trágico incendio.](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/fcaf182a-00db-4638-9c35-a8c99b953bcc_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg)
Fachada de la discoteca Teatre en las Atalayas tras el trágico incendio. / L.O.
La titular del juzgado de Instrucción número 3 de Murcia, por auto notificado hoy, ha acordado dejar en suspenso por un mes la autorización de demolición de las naves donde estaban ubicadas las discotecas Teatre y Fonda Milagros, siniestradas en el incendio de Atalayas que murieron 13 personas.
Así, las partes personadas dispondrán de un mes, a partir de que la resolución sea firme, para proceder a la práctica de una prueba pericial sobre las citadas naves, “previo anuncio a los efectos de asegurar la presencia de miembros de policía en aras a garantizar medidas de seguridad y autenticidad”.
Y ello, “para así conciliar el derecho de las partes a obtener un reconocimiento pericial de parte y la obligación de salvaguardar la seguridad de los ciudadanos ante el potencial peligro que conlleva el mantener aun conservadas las citadas naves declaradas en situación de ruina inminente”.
La magistrada estima así, parcialmente, el recurso de reforma interpuesto por los representantes de los familiares de algunos de los fallecidos, contra la providencia de 9 de noviembre de 2023.
Sin embargo, la magistrada que instruye el procedimiento por 13 homicidios por imprudencia, desestima la solicitud de requerimiento del expediente completo de declaración de ruina al Ayuntamiento de Murcia, al entender que no es necesario para el esclarecimiento de los hechos “desde el mismo momento en que ya se dispone de informe de inspección ocular policial de las naves, y en todo caso, a las partes se le concede un plazo para realizar periciales pertinentes en aras a salvaguardar su derecho de defensa”.
Por último, la juez acuerda “no haber lugar” a oficiar al presidente del Tribunal Superior de Justicia para que nombre juez y funcionario de apoyo, como pedían los recurrentes.
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