La Audiencia Provincial de Murcia ha revocado la sentencia que condenó a un hombre a diez días de localización permanente y alejamiento de 300 metros durante seis meses por decirle a su expareja que era más mala que el demonio.

El juzgado, que condenó al acusado como autor de un delito leve de injurias, declaró probado que la pareja se separó en abril de 2018 y que los hechos ocurrieron en septiembre siguiente, cuando ambos llevaban al colegio a la hija común.

La sentencia, que ahora se deja sin efecto al estimar la Audiencia el recurso que presentó el acusado, lo condenó por injurias, pero lo absolvió de los delitos de amenazas y coacciones, por los que también había sido juzgado.

Ahora, el tribunal lo absuelve por las injurias al recoger en el nuevo relato probado que hubo una discusión entre ambos, pero su contenido no quedó debidamente acreditado en la vista oral.

En cuanto a la grabación aportada por la denunciante, la sala dice que no hay ningún dato que justifique la veracidad de su contenido, además de indicar que el incidente se produjo dentro del enfrentamiento que vivía la pareja por motivos económicos.