Opinión | Con la venia

¿Puedo demandar si me lesionan en el Entierro de la Sardina?

Una mujer me contó que, en el afán de conseguir presentes que hiciesen las delicias de su hijo pequeño, recibió lo que calificó de ‘paliza’

Asistentes al desfile del Entierro de la Sardina se acercan a una carroza para alcanzar un juguete.

Asistentes al desfile del Entierro de la Sardina se acercan a una carroza para alcanzar un juguete. / Israel Sánchez

Empujones, codazos, rodillazos, golpes, pisotones, hasta quemaduras. Puede parecer una batalla campal, o una riña multitudinaria, pero es el Entierro de la Sardina en el momento en el que pasan las carrozas. Los participantes en esta ‘pelea’ no son personas influenciadas por la ingesta excesiva de bebidas alcohólicas: son familias enteras, hasta niños, que se mezclan en el barullo y se lían a coger juguetes hasta un punto que pueden llegar a hacer daño, sin querer, a desconocidos que buscan lo mismo: atesorar, cuantos más balones y pistolas del plástico, mejor. Una suerte de alegría que, en algunas ocasiones, puede dar un disgusto a sus participantes, si es que a alguien se le va la mano, en el furor.

48 horas después del Entierro, ya he recibido una consulta en el despacho. Una mujer me contó que, en el afán de conseguir presentes que hiciesen las delicias de su hijo pequeño, recibió lo que calificó de ‘paliza’. Afirmó que hasta contaba con un parte de lesiones que acreditaba que había sufrido policontusiones. Lo que me preguntaba esta vecina es si podía denunciar los hechos. Si yo consideraba que ahí podía haber un caso.

Por un lado, hay que reseñar lo obvio: es altamente difícil e improbable el poder localizar e identificar a cada persona que le causó de forma individual cada una de las lesiones que se reflejan en el parte. Esta imposibilidad, de por sí, acarrearía el archivo de las actuaciones. A la mujer le expuse que era inviable judicializar el caso por esto y por más coyunturas.

No todo el mundo tiene conocimiento de que, desde hace casi una década, los delitos de lesiones leves por imprudencia (lesiones que no necesitan, para su sanidad, más de una primera asistencia facultativa médica o no necesita intervención quirúrgica) ya están despenalizados. Es lo que ocurre con las cervicalgias (dolor que afecta a la nuca y las vértebras cervicales y que puede extenderse al cuello) generadas por accidentes de tráfico. Con la ley en la mano, la realidad es que el caso está abocado al archivo de las actuaciones por no revestir los hechos de relevancia penal.

¿Qué tendría que hacer entonces la interesada, en el supuesto de insistir en judicializar la trifulca sardinera? Tendría que acudir, con su abogado, al juzgado de primera instancia y ejercitar una acción civil de daños y perjuicios por responsabilidad civil extracontractual.

A tener en cuenta también: las contusiones que presentaba esta mujer fueron fruto de varias zambullidas voluntarias en el tumulto para conseguir juguetes, contó ella misma. Le planteé entonces que el juez de instancia podría entender básicamente que la ‘culpa’ fue suya; o, en un estadio más favorable, valorar la concurrencia de culpas. Las lesiones ‘post carroza’ son resultado de un riesgo más que previsible que esta asistente al desfile no solo asume de forma voluntaria, incluso colabora o pone de su parte en el resultado lesivo. Su demanda, por tanto, sería desestimada, previsiblemente, y hasta la obligarían a pagar las costas.

- Visto lo visto, no me interesa reclamar -acabó concluyendo la señora- Además, yo también solté algún que otro codazo. Eso sí, en legítima defensa -sonrió.

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