Política

Guía práctica para los catorce alcaldes novatos de la Región

La Comunidad publica un manual que da respuesta a 194 preguntas para que los nuevos regidores no metan la pata en sus ayuntamientos

Víctor Manuel López, Marcos Ortuño y Francisco Abril

Víctor Manuel López, Marcos Ortuño y Francisco Abril

Jaime Ferrán

Jaime Ferrán

¿Puede pertenecer a más de un grupo político un concejal? ¿Tienen derecho los grupos políticos a contar con locales y medios personales en un ayuntamiento? ¿Tienen garantizada una asignación económica? ¿Se puede desalojar de un pleno a algún asistente? ¿Cómo se procede en caso de empate en una votación? ¿Cuáles son las causas de incompatibilidad para ser concejal? Estas son solo algunas de las preguntas a las que da respuesta la Guía práctica para concejales de la Región de Murcia 2023, que fue publicada ayer por la Consejería de Presidencia, Portavocía y Acción Exterior, a través de la Dirección General de Administración Local.

El manual va dirigido especialmente a los catorce nuevos alcaldes de la Región que cogieron el bastón de mando por primera vez la pasada primavera, tras las elecciones municipales del 28 de mayo. Se trata de los regidores de Alguazas, Alhama de Murcia, Blanca, Cieza, Jumilla, Librilla, Molina de Segura, Moratalla, San Pedro del Pinatar, Santomera, Torre Pacheco, Las Torres de Cotillas, Totana y La Unión. Además, la publicación se dirige también a los nuevos ediles de los ayuntamientos y espera servir de ayuda a todos aquellos más experimentados que tengan alguna duda sobre cómo proceder.

No es excusa el desconocimiento de las normas a la hora de incumplirlas. Menos aún para los alcaldes, que se supone que deben dar ejemplo, a pesar de que muchos de ellos acaban haciendo el paseíllo por los juzgados. Especialmente, acaban declarando ante un juez por temas relacionados con los contratos municipales. Un consejo para los noveles: léanse bien el capítulo 9.

En el de Organización Municipal (3), se deja muy claro, por ejemplo, que las comisiones informativas de los ayuntamientos, como la de estudio sobre el incendio de las discotecas de Atalayas, son órganos no resolutorios y cuyos dictámenes no son vinculantes.

El capítulo 9 se centra en la contratación, tema que, en demasiadas ocasiones, lleva a los regidores a los juzgados

El consejero Marcos Ortuño, que presentó la guía acompañado por el director general de Administración Local, Francisco Abril, y el presidente de la Federación de Municipios, Víctor Manuel López, explicó que el objetivo es "facilitar la labor de quienes tienen la responsabilidad de servir a la sociedad desde nuestros ayuntamientos, poniendo especial atención en los temas de mayor trascendencia para ellos".

A lo largo de 341 páginas, la guía da respuesta a 194 preguntas que se estructuran en 12 capítulos y abordan diversos contenidos, entre los que se encuentran la organización territorial y municipal, el funcionamiento de los órganos colegiados, las competencias y los servicios públicos, la gestión presupuestaria, la contratación o las relaciones electrónicas entre las distintas administraciones.

La primera vez que se publicó fue en 2003 y se reedita cada cuatro años, tras la celebración de elecciones municipales, y actualiza los cambios legislativos producidos.

Soluciones

Sobre las preguntas formuladas al comienzo de esta información: ningún concejal puede pertenecer a más de un grupo político; estos últimos tienen derecho a contar con locales y medios personales, aunque depende de distintas circunstancias; la asignación económica no se da por sentada y es solo una posibilidad; sí, se puede desalojar a asistentes del pleno por diversas causas y previas llamadas al orden; y en caso de empate en una votación, se volverá a votar y, si persistiera el empate, decidirá el voto de calidad del presidente.

Sobre la última pregunta, es incompatible ser concejal si se es abogado de parte en procedimientos judiciales o administrativos contra la Corporación, funcionario en activo del Ayuntamiento, director general de las Cajas de Ahorro que actúen en el término municipal, contratistas cuya financiación total o parcial corra a cargo del Ayuntamiento y concejales electos en candidaturas presentadas por partidos declarados ilegales.

La publicación se distribuirá a todos los ayuntamientos y se puede consultar en la página web de la Comunidad Autónoma.