28M

Cómo votar por correo en las elecciones municipales y autonómicas de la Región de Murcia

Existen diferentes formas de hacerlo y este año los murcianos que residen en el extranjero tendrán mucho más fácil enviar sus papeletas

Paula M. Gonzálvez

Paula M. Gonzálvez

Si eres ciudadano con derecho a voto y quieres ejercerlo por correo para las próximas elecciones autonómicas y municipales de la Región de Murcia, aún estás a tiempo. Hasta el 18 de mayo (inclusive) se puede solicitar esta modalidad, para que tu papeleta llegue a tiempo a los comicios del 28M sin necesidad de ir de cuerpo presente a los colegios electorales para depositar los sobres en la urna.

Cómo votar por correo desde España

El proceso es sencillo: hay que pedir el Certificado de inscripción en el Censo Electoral correspondiente. Tenerlo es el requisito imprescindible para poder emitir el voto por correspondencia. Se puede hacer, de manera presencial, en cualquier oficina de Correos o a través de su web, www.correos.es.

Si se opta por hacerlo de manera telemática en lugar de acudir hasta la oficina, el votante necesita tener la firma electrónica para acreditar su personalidad y validar su identificación.

En caso de decantarse por acercarse a Correos, debe ser el elector el que pida el voto. Solo podrá hacerlo otra persona en su nombre en caso de enfermedad o discapacidad, que deberá estar acreditado por un certificación médica oficial o con una autorización notarial o consular. El empleado de la oficina solicitará al elector el DNI, Pasaporte o carnet de conducir.

No es necesario pedir cita previa, aunque la compañía ofrece esa opción para agilizar el proceso y evitar colas. Se puede solicitar a través de la aplicación móvil o en la web de Correos, en la que tan solo hay que seleccionar la oficina disponible y elegir la fecha.

Una vez realizado el proceso, los votantes recibirán la documentación necesaria para ejercer su voto, después de que Correos haya entregado todas las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral. El elector tiene de plazo para depositar su voto hasta el 24 de mayo, cuatro días antes de que se celebren las elecciones autonómicas y municipales.

Cómo votar si vivo en el extranjero

Para aquellos que no residen en España, será la Oficina del Censo Electoral la que se haga cargo de enviar a todos los electores la documentación necesaria -en dos envíos independientes, uno para las municipales y otro para las autonómicas-. Los más de 37.500 murcianos que viven en el extranjero no tendrán que pedir este año el conocido como 'voto rogado', que ha sido suprimido por el Gobierno porque en muchas ocasiones alargaba tanto el proceso que muchos no podían llegar a tiempo de enviar su voto.