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"Puede colisionar con derechos fundamentales"

Samuel Parra cree que los afectados podrían solicitar la tutela de la Agencia de Protección de Datos

"Puede colisionar con derechos fundamentales"JUAN CABALLERO

Samuel Parra, licenciado en Derecho y experto en protección de datos, afirma que «la Ley de Transparencia no solo permite, sino que obliga a publicar, dentro de las obligaciones de publicidad activa, el listado de relaciones de puesto de trabajo, con indicación de la identificación de sus ocupantes e incluyendo la retribución anual que percibe cada uno de ellos».

No obstante, Parra recuerda que el informe conjunto de la Agencia Española de Protección de Datos y el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno indica que, en lo que respecta a publicar el nombre y apellidos y retribución de cada ocupante en las RPTs, tiene escasa relevancia para el logro de los objetivos que justifica el derecho de acceso a la información pública y transparencia».

«Por tanto, el legislador murciano ha querido dar un paso más allá en lo que a transparencia se refiere, pero podría encontrarse que esta decisión colisiona con el derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal de los afectados por la publicación de este listado, que podrían llegar incluso a solicitar el amparo de la Agencia Española de Protección de Datos para que les tutele», añade Parra, que gestiona un despacho en Murcia referido a este tipo de cuestiones.

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