Judicial

Indemnizada con 85.000 euros por caerse en un socavón de la calle en Alcantarilla y quedarse coja

El accidente tuvo lugar hace casi una década, pero la mujer resultó lesionada y precisa de bastón para caminar

Imagen de archivo de una persona con muleta en la sala de espera de un hospital.

Imagen de archivo de una persona con muleta en la sala de espera de un hospital. / FERRAN NADEU

EFE

Casi una década después de la caída que hace que ahora tenga que ir con bastón, será indemnizada con más de 85.000 euros. El Ayuntamiento de Alcantarilla y su compañía aseguradora, Mapfre, deberán pagar 85.600 euros a una vecina que resultó herida en la vía pública debido al mal estado del piso, según se dispone en la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJ).

El documento judicial precisa que, el día del accidente, hace casi una década, al lugar de los hechos acudieron agentes de la Policía Local, que, además de las diligencias, tomaron fotografías del lugar «en las que sin duda se pueden apreciar las dimensiones nada desdeñables del agujero/socavón causante de la caída». El atestado policial detalla que «al bajar al paso rebajado, se encuentra en la calzada un agujero que entraña cierto peligro para los viandantes, dado el lugar en el que se encuentra y que no se aprecia a simple vista la profundidad que tiene este». El Consistorio procedió posteriormente a arreglar el agujero

En las fotos de la Policía "se pueden apreciar las dimensiones nada desdeñables del agujero"

La sentencia estima de forma parcial el recurso que la vecina presentó contra la dictada por el juzgado de lo Contencioso de Murcia al que correspondió su demanda, que fijó la suma indemnizatoria en 54.600 euros.

Le dieron la incapacidad

El juzgado consideró probado que en la zona por la que caminaba, en octubre de 2014, existía un socavón que suponía un riesgo de producción de accidente, como así ocurrió, por lo que lo ocurrido constituía un caso de responsabilidad patrimonial de la Administración. En su recurso ante el TSJ la damnificada manifestó que los días de perjuicio habían sido más de los contemplados en la sentencia recurrida y que, así mismo, tenía derecho a percibir también una indemnización por daño moral por la pérdida de calidad de vida derivada de las secuelas que padece y que el juzgado no había estimado.

La Sala confirma la indemnización de 54.600 euros, a los que suma otros 31.000 por daños morales, ya que, comenta, la accidentada, que solo tenía 36 años de edad, necesita ahora de muletas y bastón para moverse y a raíz del percance fue declarada en situación de incapacidad para su trabajo. Tiene muy afectado el tobillo aún. Y añade que, además, la mujer tuvo que recibir asistencia en la Unidad del Dolor y se vio precisada a tener que adaptar su coche para poder hacer uso del mismo, para concluir que la sentencia no es firme, ya que puede ser recurrida ante el Supremo.