Judicial

El TSJ baja la condena al hombre que mató a un finlandés al incendiar su caravana en Mazarrón

"Lo único que sé es que estoy mal, la cabeza no la tengo bien", decía en marzo Juan Antonio F.Y., cuando se sentó en el banquillo de la Audiencia

EFE

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha rebajado de treinta años a veinticinco la pena de prisión que deberá cumplir el vecino de Puerto de Mazarrón que en diciembre de hace cuatro años causó la muerte de un ciudadano finlandés y quemaduras graves a su pareja al incendiar la autocaravana en la que ambos dormían. En concreto, mató a Reijo, un hombre que dormía en su caravana junto a su esposa, Lilja, que sobrevivió, aunque resultó gravemente herida

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, estima uno de los motivos del recurso que su letrada, Marta Simó, presentó contra la dictada por la Audiencia Provincial de Murcia el pasado marzo, que condenó al procesado, Juan Antonio F.Y., por los delitos de asesinato, lesiones graves y daños. "Lo único que sé es que estoy mal, la cabeza no la tengo bien", decía en marzo el hombre, cuando declaró en la vista.

Lo que hizo el individuo fue coger unos colchones de una escombrera, arrastrarlos hasta la avenida Doctor Meca, en la urbanización Los Caleñares del Puerto de Mazarrón y prenderles fuego, con tan mala fortuna que las llamas se propagaron a la caravana donde dormía el matrimonio. Él murió. Ella quedó gravemente herida. Juan Antonio F.Y. no negó haber pegado fuego al colchón, pero insistió en que no se acordaba de qué hizo.

La Audiencia condenó al acusado a penas que sumaban tres décadas años de prisión, así como al pago de 156.000 euros a Liljay de otras cantidades a la madre y hermanos del fallecido.

La Fiscalía pedía inicialmente para este hombre penas que sumaban 36 años de cárcel por los delitos de asesinato, lesiones daños cualificados mediante incendio. 

Bomberos trabajan en el lugar del incendio de la caravana en Mazarrón en diciembre de hace cuatro años.

Bomberos trabajan en el lugar del incendio de la caravana en Mazarrón en diciembre de hace cuatro años. / 112

"Una sola acción"

El presidente del tribunal, el magistrado Andrés Carrillo, consideró que los hechos constituían un concurso medial, lo que suponía que habían sido varias las acciones cometidas por el acusado y varios los delitos.

Sin embargo, el TSJ, que tiene como ponente al magistrado Joaquín Ángel de Domingo, estima que ese concurso debe ser considerado como propio, ya que hubo una sola acción, el incendio, que originó diversos resultados: incendio, lesiones graves y daños.

Y añade que con esa modificación, y según las reglas recogidas por el Código Penal para la fijación de condenas, la que procede es la de veinticinco años de cárcel, dejando invariables los demás pronunciamientos del fallo de la Audiencia. 

Reijo y su mujer llevaban 43 años juntos, no tenían hijos y había decidido vender su casa de más de 20 años en Finlandia para viajar por Europa con sus dos perros en la autocaravana. La muerte repentina de Reijo ocurrió tan solo dos meses después de iniciar sus vacaciones soñadas, dejando a Lilja sola a la edad de 70 años, sin casa donde vivir, sin uno de sus perros que también murió en el incendio y con graves secuelas físicas y psíquicas.