Judicial

Viola a una joven con discapacidad intelectual en un monte de Sangonera

El individuo, murciano de 43 años, dice en el juicio que fue la víctima, con una minusvalía del 78%, quien "saltó encima" de él: la Audiencia lo condena a cinco años y medio de cárcel

Ana Lucas

Ana Lucas

Un murciano de 43 años de edad ha sido condenado a cinco años y medio de cárcel por forzar a una joven de 23 años con discapacidad intelectual en un monte de Sangonera la Verde, en Murcia. Cuando salga de la cárcel, pasará otros cinco años y medio en libertad vigilada. Ha de indemnizar a su víctima, una chica con una minusvalía del 78% , con 4.500 euros. En el juicio ante la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Murcia, el individuo llegó a alegar que la joven fue quien "saltó encima" de él.

Los hechos que se consideran probados acontecieron en abril de hace seis años en una zona de Sangonera, población donde la víctima residía entonces con su tía. La chica salió a dar un paseo y el sujeto, que no la conocía de nada, la vio, la llamó y la condujo a una zona boscosa y apartada, donde la agredió.

"Vámonos, mamá, yo no quería, me ha violado"

Tras el ataque sexual, la chica volvió con su tía y tutora y le dijo: "Vámonos, mamá, yo no quería, me ha violado". La mujer tuvo tiempo de echar una foto a la furgoneta del sospechoso, que estaba ahí aparcada. Quiso quedarse para verle la cara al hombre, pero, como su sobrina estaba tan nerviosa, su prioridad fue sacarla de ahí, ponerla a salvo. La mujer, con la fotografía del vehículo en su móvil, acudió a denunciar ante la Guardia Civil. El sujeto fue pronto identificado.

En su primera declaración ante los investigadores del Instituto Armado, el murciano dijo que había tenido "relaciones sexuales plenas" con la chica, y soltó que no sabía que ella tenía una discapacidad intelectual, algo que, tal y como se lee en la sentencia, es evidente "a simple vista y muy especialmente al interactuar verbalmente con ella".

Se aprovechó de su ingenuidad

Un psicólogo forense explicó en el juicio que la víctima es una persona especialmente vulnerable "que tiene dificultades para las relaciones sociales y para la toma de decisiones". "Es por ello que a esta Sala no resulta creíble que la primera persona en entablar conversación fuere ella, y le resulta aún más insólito que fuera ella, como pretende hacer creer el encausado, la persona que tomó la iniciativa de bajar a esa zona de medio monte boscoso, indicándole a él dónde deberían bajar, y dándole ella a él la mano para bajar con él hasta llegar al lugar donde se produjo la relación sexual", resalta la sentencia.

"Como refiere el perito psicólogo forense, estamos en presencia, por su vulnerabilidad de corte psíquico, de una persona ingenua, impulsiva, inmadura, que no calibra el peligro que puede suponer tal o cual situación en la que se vea envuelta: es decir, el perfil psicológico de la joven es el de una persona que, tras una proposición de terceros que ordinariamente chocaría a una persona en plenitud de sus facultades mentales, se podría ver afectada en su capacidad para decidir si quiere o no quiere realmente hacer tal o cual cosa (como se considera que ocurrió en este caso) por su ingenuidad, accediendo, por su inmadurez y su impulsividad a la hora de aceptar lo que se le propone, por su tendencia a dejarse llevar, dando su 'sí' a la ligera a lo que se le plantea hacer, pero no tomando ella la iniciativa", remarca el tribunal. 

"Actuó con dolo"

En el juicio, el sujeto aseguró que ella le dijo a él que "quería follar" y declaró que le pareció "raro" que la chica lo abordase a él, "pero, cuando estás en esta situación, no te das cuenta". También afirmó que quedaron para ver al día siguiente, pero que él no fue porque "yo no me esperaba esto". Con estas palabras, el tribunal entiende que él era consciente de que "muy probablemente se estaba abusando de una persona que tiene serias deficiencias psíquicas y, a pesar de ese conocimiento, seguir actuando, lo que excluye todo error, ni siquiera el vencible, en la persona del acusado, que se concluye que actuó con dolo, con aceptación, cuanto menos, de la muy probable naturaleza abusiva de sus actos, y que no dejó de actuar porque no quiso, que no porque no supiera lo que estaba haciendo".

La víctima, que actualmente está internada en una residencia para personas con discapacidad intelectual, recibe un tratamiento que ha hecho que esté mejor psicológicamente, pues al principio estaba muy afectada: nerviosa, no podía ni dormir, refleja la sentencia. Actualmente "ya no ve lo ocurrido ni como algo bueno ni como algo malo", precisa el tribunal, para dejar claro que "hay perjuicio moral claro" en la persona de la joven, de ahí la indemnización de 4.500 euros.