La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso que un vecino de Molina de Segura presentó contra la sentencia de un Juzgado de esta localidad que lo condenó a la pena de un mes de multa, con una cuota diaria de tres euros, por apoderarse de un frasco de colonia valorado en 22 euros.

La sentencia indica que el juez de Molina de Segura declaró como hechos probados que el acusado sustrajo este artículo en el supermercado de Mercadona en agosto de 2010, «lo que fue visto por la encargada de la sección de perfumería». El acusado recurrió la sentencia y alegó que cuando fue abordado por la Policía «no se le encontró efecto alguno sustraído» y que tenía un testigo que declararía a su favor. La Audiencia desestima el recurso porque el recurrente no identificó a ese supuesto testigo, ni éste compareció en el juicio.