Opinión | Con la venia

Pensión por paternidad: por fin mis hijos aportan en casa

Scott Graham

Scott Graham / Unsplash

Aunque se publicó en su día, siguen siendo muchos los jubilados que todavía desconocen que el complemento de maternidad en la pensión desapareció como tal: ahora lo hay de maternidad y de paternidad. Cabe recordar que fue en virtud del artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social por el Real Decreto 3/2021, de 2 de febrero, cuando se activó el mecanismo para reducir la brecha de género en las pensiones.

Esta modificación, impulsada desde Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, implicaba que, con el fin último de terminar con toda desigualdad de género, ya pueden pedir la cuantía económica extra (por maternidad) tanto las féminas como los varones que hubieran visto perjudicada su carrera profesional por el nacimiento de un hijo. Aunque hay requisitos. Por ejemplo, de la ‘extra’ solamente podrá beneficiarse uno de los dos progenitores.

Aún recibo consultas en el despacho sobre estos asuntos. A quienes vienen (muchas veces amigos, o amigos de amigos), les recuerdo que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sentenció que las resoluciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) denegatorias a hombres por razón de sexo vulneran la normativa europea, por lo que estos varones, al igual que las mujeres, tenían derecho a reclamar el complemento de jubilación con efectos retroactivos desde la fecha de jubilación; y, en caso de llegar a juicio, a obtener el reembolso de las costas judiciales.

Los clientes que me preguntan por esto quieren reclamar el aumento de su pensión de jubilación por ‘maternidad’, aunque su sexo es masculino, por su «aportación demográfica a la Seguridad Social», en palabras de uno de estos varones. El mismo que me animó a escribir este artículo, con el argumento de que hay un «gran desconocimiento social sobre el tema».

 «Desconocía que mi pensión podría aumentar si tenía dos o más hijos», dijo el hombre en mi despacho. A lo que repliqué: «Si usted gana mil de pensión y se jubiló entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, puede cobrar 150 euros al mes más de por vida, y pedirlos con carácter retroactivo, desde fecha de jubilación, siempre que la jubilación anticipada no haya sido voluntaria».

Posteriormente, tras la realización del cálculo de los atrasos y del complemento mensual, el cliente me comentó que «por fin mis hijos van a aportar algo en casa».

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