La balanza inmóvil

El álbum de boda

Mañana es Nochebuena y pasado Navidad, saca la vota María que no me voy a emborrachar. Y no será por falta de motivos. Menudo mesecito de diciembre. Si Montesquieu levantara la cabeza diría que no hemos entendido nada. O quizás, que lo hemos entendido mal. O lo más probable, que lo hemos entendido tan bien que era necesario cargarse la doctrina de la separación de poderes para demostrar que quien manda es solo uno de esos poderes, el ejecutivo, hasta que llegó el Tribunal Constitucional y le dijo, cautelarmente, hasta aquí has llegado, ya está bien de saltarse todas las formas. El ciudadano pensará ahora que, por eso con la reforma exprés, el ejecutivo trataba de asegurarse una serie de partidarios en el Tribunal que, a pesar de su nombre, no es como los demás, pues solamente resuelve cuestiones que afectan a la Constitución. Esa misma que los independentistas se saltaron y van a intentar saltársela otra vez y que, sin embargo, paradójicamente, son los que tienen mucho poder en ese ejecutivo.

Pero no es día parta rollos y pendencias, a pesar de que siempre todas las leyes importantes de este país se han aprobado en Navidad, en Semana Santa o en verano para que le cuerpo que está de vacaciones no deje pensar mucho a la mente. Este día está para cuestiones más amables y de dinero. Si ayer no les tocó la lotería que menos puede tocar del mundo por índice de probabilidades, no se extrañen, por tanto, ni se preocupen, porque lo importante, y esto sí que es verdad, es la salud. De todas formas, si de dinero se trata, y ustedes han tenido la ocasión (buena o mala, según les haya ido) de separarse o divorciarse, a lo largo de este año, que culmina con más crispación que alegrías, no tiren su álbum de fotos de la boda. Y no solo porque seguro les costó un pastizal, como si cada foto fuera en relieve y con cantos dorados. Tampoco hace falta que recorten a los de las esquinas, que eran los familiares políticos. No, mejor será que guarden el álbum en un sitio donde pueda estropearse por algún evento natural o artificial, y así podrán sacarle unas perrillas de indemnización, unos 1.500 euros, a cargo de la aseguradora de turno.

Esto lo ha decidido la Sección 14 de la Audiencia Provincial de Barcelona, revocando la sentencia de un juzgado que desestimó esa petición indemnizatoria efectuada por una divorciada. La Audiencia ha fallado a favor de ésta, concediendo esa inmunización por los daños morales sufridos tras la pérdida del álbum de fotos de su boda, a consecuencia de la inundación producida en el trastero en que lo guardaba, debido a la rotura del desagüe privativo de la vivienda de los demandados. Y ello a pesar de que el matrimonio de la demandante ya estaba roto, puesto que en esas fotos estaban toda la familia, que difícilmente se puede reunir otra vez. De ahí que su pérdida suponga un daño moral, independientemente de los sentimientos, valoraciones y apreciaciones que se tengan respecto al día de la boda, que seguro han mudado con el tiempo. Sigue diciendo la sentencia que solo se conceden 1.500 euros como indemnización como consecuencia del lamentable estado en que quedó el álbum, así como por la pérdida de todas las fotos del mismo, al tenerse en cuenta la duración del matrimonio y su ruptura, lo que produjo una evidente falta de aprecio hacia las fotografías. Y pese a que el álbum podía recordar momentos que no resultaran agradables después del divorcio, lo cierto es que debía contener aproximadamente sesenta fotos, entre las cuales no solo había de los novios, sino también de muchos miembros de la familia, lo que constituía un medio de plasmación de recuerdos. Y no se les concedió mas dinero, porque evidentemente si el álbum estaba en el trastero la afectación sentimental se encontraba ya disminuida por el divorcio.

Así que no caigan en la tentación de quemar el álbum de boda o romper las fotos con destino a la basura, porque como con el Cid Campeador pueden obtener beneficios, en este caso económicos, después del óbito matrimonial.

Suscríbete para seguir leyendo