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Velasco le recuerda al juez de Belfast que la extradición de De Juana depende solo de él

Así se lo hace saber al magistrado británico el juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco en las alegaciones que remitió hoy a Reino Unido en respuesta a la petición de aclaración realizada por Interpol Londres, la Fiscalía de la Corona y el propio juez británico.

Un texto en el que el juez español recuerda a su colega de Belfast que, en aplicación del artículo 5 del Convenio sobre la Prevención del Terrorismo, aprobado por el Consejo de Europa en 2006, "tiene la potestad" de autorizar la entrega si lo considera oportuno.

Y si bien entiende que el juzgado de Irlanda del Norte no puede proceder a una entrega directa del ex preso de ETA debido a que la condena a la que se enfrenta en España no supera los tres años, el juez Velasco recuerda a Burgess que puede escoger si aplica o no para autorizar la extradición la norma de doble incriminación que incluye la ley que regula la Orden Europea de Extradición (OED) y que obligaría a que el delito del que se acusa a De Juana exista en los dos países.

Además, en sus alegaciones el juez de la Audiencia Nacional subraya que la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE tiende a posibilitar la máxima cooperación jurídica entre los estados miembros para construir un espacio de seguridad, libertad y justicia entre todos los países, con las máximas garantías democráticas de sus legislaciones.

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