Una doctora del hospital Virgen de la Arrixaca de Murcia que se atragantó con una raspa de pescado que asegura encontró en la boloñesa que había preparado la empresa concesionaria del servicio de catering ha reclamado una indemnización de 15.000 euros por los perjuicios sufridos.

El asunto ha llegado al Consejo Jurídico de la Región de Murcia (CJRM) a través de la consulta planteada por el Servicio Murciano de Salud (SMS).

Este órgano consultivo de la administración no ha entrado en el fondo del asunto, al señalar en su dictamen que durante la instrucción del expediente se omitió solicitar el informe preceptivo a la Inspección Médica.

Además, indica que el expediente también incurrió en otro defecto al no notificar a la demandante la apertura del trámite de audiencia, ya que si no se consiguió la notificación en su domicilio, se debió acudir a la vía edictal.

La reclamante señaló en su reclamación que el incidente ocurrió el 30 de julio de 2018, cuando prestaba sus servicios en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) del citado hospital como Médico Interno y Residente (MIR).

Cuando comía con unos compañeros tras retirar el menú que habían encargado a la empresa de catering, sintió sensación de ahogo debido a la presencia de un cuerpo extraño en su esófago, que después se descubrió que era una espina de pescado.

La extracción de la misma con unas pinzas, añadió, le produjo, además, un desgarro en el esófago, donde la espina había quedado alojada.

En su reclamación indicó que pedía los 15.000 euros por los padecimientos físicos sufridos y, también, por su preocupación al no haber podido colaborar a pleno rendimiento con sus compañeros de servicios en una jornada que había sido de mucha actividad.

En su reclamación, se quejó del trato recibido de la empresa de comidas, que nunca se creyó que la raspa estuviera en la boloñesa, por lo que exigió de la misma “disculpas sinceras”.

El dictamen del CJRM añade que la empresa descarta que ese plato de comida tuviera aquel objeto extraño, para lo que se ampara en el informe de la Inspección de Sanidad, según el cual, es poco probable que se produjera una contaminación cruzada accidental durante la preparación de la comida.

El dictamen indica que se deben retrotraer las actuaciones para recabar el informe de la Inspección Médica y abrir un nuevo trámite de audiencia que deberá ser puesto en conocimiento de la concesionaria y de esta doctora.