La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso de Francisco José Peñalver, hermano del exjefe de Planeamiento de esa ciudad Joaquín Peñalver, también investigado, contra el auto que acordó seguir contra él diligencias de la pieza separada Casino, del caso Umbra, por procedimiento abreviado.

En un auto al que ha tenido acceso Efe, coincide con el instructor que dictó la resolución recurrida en que de esas investigaciones por presunta corrupción urbanística se deducen indicios racionales de la supuesta comisión de varios delitos.

Apuntan a la posibilidad de que el contrato de colaboración profesional suscrito en 2005 por el ingeniero Renato del Noce, investigado en el caso Umbra, con el despacho de arquitectos propiedad de Francisco José Peñalver y de su padre era supuestamente una forma soterrada de pagar favores al entonces jefe de Planeamiento del Ayuntamiento de Murcia, Joaquín Peñalver.

Esa posibilidad quedó abierta en el auto que el juzgado de instrucción de Murcia que investiga ese caso dictó en noviembre de 2015 y ahora encuentra el respaldo de la Audiencia.

En su recurso, la defensa de Francisco José Peñalver alegó que los hechos que se atribuían a este eran atípicos, al no constar que esas actuaciones supusieran un beneficio directo para el hermano del recurrente.

Además, alegó que la conducta analizada tampoco sería constitutiva de un delito de cohecho, ya que no existe la entrega de dádiva, sino pago de servicios contratados y realmente prestados.

Al rechazar el recurso, el tribunal dice que la existencia de ese contrato de colaboración profesional con el despacho de arquitectos de la familia Peñalver "fue silenciada y solo salió a la luz tras los registros judiciales practicados en noviembre de 2012".

La sala no olvida señalar que los empleados de ese despacho declararon que nunca se reunieron con Del Noce, que ni siquiera conocían a los promotores del plan y que no fueron a Urbanismo.

A la Audiencia no se le escapa tampoco que el despacho percibió unos 92.000 euros, "importantes honorarios" si se tiene en cuenta que el contrato fue suscrito el 30 de junio de 2005 y solo 19 días después el plan parcial ya estaba aprobado inicialmente.

También comenta que "Joaquín Peñalver percibía pese a no tener declarada compatibilidad para el ejercicio profesional honorarios de Peñalver Arquitectos y Asociados en 2005, una forma subrepticia de participar en los beneficios de esa mercantil".

El auto concluye que será en el momento del juicio oral, dentro de los principios que lo regulan, entre los que destaca el de contradicción, y con la valoración de las pruebas que se practiquen, cuando los indicios apuntados queden confirmados o descartados.