El Cristo de Monteagudo, el Sagrado Corazón, seguirá vigilando desde su posición privilegiada la pedanía y todo su entorno a las puertas de la ciudad de Murcia. Los vecinos, que tienen un especial cariño a esta figura, seña de identidad de su pueblo, ya pueden respirar tranquilos desde que ayer el Tribunal Superior de Justicia de Madrid anunciara que desestima el recurso que reclamó la retirada del Cristo. El tribunal argumenta su decisión asegurando en su sentencia que el Cristo de Monteagudo, además de constituir en sí mismo un símbolo religioso propio del catolicismo, «forma parte de la tradición cultural de Murcia».

Fueron la Asociación Preeminencia del Derecho y los abogados murcianos Encarnación Martínez y José Luis Mazón quienes formularon el recurso contra la desestimación de su reclamación por parte del ministerio de Economía, propietario de los terrenos sobre los que se levanta el monumento. Los demandantes expusieron ante el Tribunal que la presencia del Cristo de Monteagudo era incompatible con un Estado aconfesional y, además, infringía la Ley de Patrimonio Histórico al alterar el carácter y la contemplación del castillo sobre el que se levanta.

También alegaron que podía representar un peligro de derrumbamiento de la fortaleza y que no constituye una seña de identidad de Murcia.

Ahora, el TSJ de Madrid, al desestimar el recurso, se remite en varios apartados de su sentencia a otra dictada por el Tribunal Supremo, que se pronunció en su día -en el mismo sentido- al resolver otro entablado por la posible afectación a derechos fundamentales.

Aunque el tribunal madrileño desestima este segundo recurso, sí reconoce a los demandantes legitimación activa para entablarlo.

Una batalla que empezó en 2010

El abogado José Luis Mazón presentó su demanda para la retirada del Cristo de Monteagudo en febrero de 2010. Cinco años han pasado para resolver un asunto que enfadó mucho a los vecinos de la pedanía. En su momento, Mazón defendía que «el Estado no tiene religión» y que un espacio público no podía utilizarse para fines religiosos.

«Ese Cristo es un intruso y atenta contra la libertad religiosa y la aconfesionalidad del Estado», manifestó Mazón a LA OPINIÓN hace cinco años.

En su demanda inicial, Mazón se agarraba a la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo declaró en 2009 que los crucifijos en los colegios públicos italianos eran «una violación de los derechos fundamentales» puesto que atentaban contra la libertad de religión de los estudiantes.

El abogado consideraba «una provocación» la existencia de una reproducción de Jesucristo sobre uno de los monumentos que mejor representan el esplendor de la Murcia islámica. «Legalmente el Estado tiene la obligación de desmontar los símbolos religiosos en lugares públicos, ya sean crucifijos o estampitas.

Mazón daba por hecho en su momento que su petición provocaría reacciones airadas entre los vecinos, como así fue, pero estaba decidido a llevar a cabo «una lucha contra el poder sotánico que controla y domina todo lo que quiere».

La acción de Preeminencia del Derecho provocó un profundo malestar de los vecinos y motivó que el Ayuntamiento de Murcia iniciara los trámites para que el Sagrado Corazón de Monteagudo se considerara protegido declarándolo Bien de Interés Cultural (BIC).

Los tribunales, finalmente, han decidido que el Cristo debe permanecer coronando la huerta de Murcia.