Condenados por hacer alzamiento bienes para no pagar deudas
La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia de un juzgado de lo penal de Lorca que en noviembre de 2013 condenó a dos hombres y dos mujeres por participar en distintas operaciones tendentes a un alzamiento de bienes para no pagar deudas.
La sentencia que ahora se ve ratificada por la Audiencia los consideró autores de un delito de insolvencia punible de alzamiento de bienes, a uno de ellos como autor y a los otros tres como cooperadores necesarios.
La resolución judicial, que les aplicó la atenuante de dilaciones indebidas, concretó la pena para cada uno de ellos en un año de prisión y doce meses de multa, con una cuota diaria de seis euros. El juzgado acordó asimismo anular la escritura de transmisión de una finca que fue usada para conseguir el alzamiento de bienes.
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