Medio ambiente

Los ayuntamientos de la Región se olvidan del impacto ambiental en sus proyectos urbanísticos

Los consistorios han aprobado en los últimos años numerosos proyectos de urbanización sin que sean sometidos a una evaluación por posibles daños al medio ambiente, un aspecto obligado por ley para los expertos pero que los municipios defienden que no es necesario

Una mujer pasa ante los 
terrenos del plan Rambla, 
en Cartagena.  iván urquízar

Una mujer pasa ante los terrenos del plan Rambla, en Cartagena. iván urquízar / alberto sánchez

Alberto Sánchez

Alberto Sánchez

Desde los planos hasta ver terminada la obra hay un sinfín de trámites administrativos que pasan por calificar el uso del suelo, distribuir la ubicación de casas, jardines o industrias e indicar dónde va cada elemento que dé un servicio básico a los vecinos, pero también está el análisis de los posibles impactos al medio ambiente que tendría la construcción. Todos estos pasos terminan alargando años el desarrollo urbanístico de una ciudad, y las administraciones han terminado por coger atajos para aligerar el proceso.

Uno de estos ejemplos es que la gran mayoría de proyectos de urbanización que han aprobado los ayuntamientos de la Región de Murcia en los últimos años no han sido sometidos a una evaluación de impacto ambiental, un trámite cuyo deber de ejecutarlo es cuestionado por los propios consistorios pero que, por otro lado, sería de obligado cumplimiento para expertos jurídicos y gestores ambientales preguntados por este periódico.

Un proyecto de urbanización es el documento que refleja a nivel técnico todos los aspectos que componen una nueva zona urbanizada en un municipio, es decir, desarrolla un plan parcial ya aprobado. Es la última fase antes de comenzar a construir, pero los promotores no terminan por someter el documento a un estudio exhaustivo que determine qué daños al medio ambiente puede ocasionar y qué medidas correctoras deben aplicarse.

La Fiscalía investiga el caso del parque empresarial de Alcantarilla denunciado por Ecologistas en Acción

En estos casos, las leyes de simplificación administrativa aprobadas por el Gobierno regional en los últimos años, aquellas que han terminado por reducir trámites urbanísticos y reducir filtros medioambientales, reflejan que la evaluación ambiental de este tipo de proyectos urbanísticos deben regirse por la normativa básica nacional y no entran a desarrollar este aspecto. Además, ahora permiten que los ayuntamientos de Murcia, Cartagena, Lorca y Molina asuman estas competencias como órgano ambiental.

La Ley estatal de Evaluación Ambiental de 2013 determina que los proyectos ubicados en suelo industrial deben pasar obligatoriamente este trámite, mientras que para las zonas calificadas como residenciales la norma es más ambigua, algo que reconocen también las fuentes consultadas. En concreto, señala a los «proyectos situados fuera de áreas urbanizadas de urbanizaciones, incluida la construcción de centros comerciales y aparcamientos y que en superficie ocupen más de una hectárea».

Esta normativa española emana de una directiva europea, que tampoco deja claro este aspecto, un hecho que aprovechan los ayuntamientos para agilizar el proceso y ahorrarse posibles sobrecostes, señalan los expertos, pero que, en la práctica, sería también obligatorio someterlo a una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) simplificada.

Gobierno: sólo los industriales

En los últimos años grandes y medianos municipios han aprobado de forma definitiva proyectos urbanísticos residenciales o industriales sin someterlos a evaluación ambiental, un documento que, una vez terminado, lo tramita la Consejería de Medio Ambiente de Murcia para analizar dichos impactos y determinar si se debe someter a una evaluación más detallada: una EIA ordinaria.

La norma estatal es ambigua con los suelos residenciales, un hecho que aprovechan los ayuntamientos

Estos documentos ambientales no constan en las bases de datos públicas de la Consejería (salvo dos proyectos de Cieza y Molina) ni su anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, donde debe reflejarse que este departamento ha concedido el Informe de Impacto Ambiental al promotor.

Ecologistas en Acción, por su parte, ha detectado siete casos de proyectos de urbanización en suelos industriales aprobados desde 2020 que tampoco tienen cumplido este paso pese a que, recuerdan, lo indica la ley.

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Cieza y Molina de Segura son los únicos municipios que han aprobado un proyecto de urbanización con el visto bueno a la Evaluación de Impacto Ambiental, ambos para suelo industrial. Los dos lograron sacar adelante estos planes urbanísticos el pasado año, mientras que desde hace al menos una década no se encuentra público ningún otro trámite ambiental (EIA) para otros municipios, e incluso para otros proyectos de Cieza y Molina. En Las Torres de Cotillas también se llevó a cabo el análisis de otro documento ambiental por parte de la Consejería de Medio Ambiente, pero aparece como ‘inadmitido’. 

Estos informes, que debe realizar el promotor y el ayuntamiento debe enviar a Medio Ambiente, deben analizar aspectos como el saneamiento de la nueva zona construida, las redes separativas, puntos de vertidos a cauces, consumo energético y control de la contaminación lumínica y acústica (si está cerca de autovías, por ejemplo), emisiones de gases nocivos y la compensación de pérdida de carbono de los suelos por su transformación en aceras o asfalto. Todo esto, teniendo en cuenta los detalles técnicos que recoge ese proyecto de urbanización, pero que no tienen los planes parciales.

En el caso de la EIA de Cieza, el informe de la Consejería refleja aspectos como que la obligación de crear pantallas vegetales para la integración paisajística o cuantificar la pérdida del stock de carbono de los suelos que pasan a ser viales, aceras, infraestructuras y aparcamientos.

La Comunidad cree que el desarrollo de los polígonos sí estaría afectado y debería pasar una EIA

Este periódico ha preguntado por los proyectos de este tipo que se remiten a la Dirección General de Medio Ambiente para su análisis y qué criterio tiene la Comunidad sobre la obligación o no de que los ayuntamientos lleven a cabo ese trámite solicitando la evaluación al promotor. El Gobierno murciano admite que los proyectos en terreno industrial sí estarían obligados por la ley estatal a pasar el trámite, pero no están de acuerdo en que estén afectados los ubicados en suelos residenciales. Confirman, también, los dos casos que tramitó la Dirección General recientemente más otro de Las Torres de Cotillas, que aparece como ‘inadmitido’.

La Fiscalía entra en juego

Este debate fue reabierto hace unas semanas por Ecologistas, que denunció la edificación de una planta logística en el polígono industrial San Andrés de Alcantarilla sin que el proyecto de urbanización, aprobado por el Ayuntamiento, fuera sometido a este trámite ambiental. Esta construcción se llevó a cabo en una zona catalogada como hábitat natural de interés comunitario y con especies de flora silvestre catalogadas como ‘vulnerable’, las cuales fueron dañadas, un hecho que derivó en una sanción grave al promotor de la obra. Ahora, la Fiscalía de la Región de Murcia, que ya se encuentra investigando esta denuncia, deberá aclarar el fondo de esta cuestión.

Los ayuntamientos consultados, como en su día justificó el de Alcantarilla, explican que «no es necesario» que esta última fase antes de la construcción se someta al trámite ambiental. Antes, señalan, el plan general de ordenación urbana (el que determina aspectos generales como qué usos se le dan a los suelos de un municipio) y los posteriores planes parciales o especiales (que reflejan la ubicación de las calles, casas, espacios verdes, centros de salud u otros servicios sin llegar a aportar detalles de las obras) sí han pasado por sus respectivas evaluaciones ambientales con el visto bueno.

Los municipios justifican que tanto el PGOU como los planes parciales ya pasaron por estos trámites

Cartagena, que aprobó en 2020 el proyecto de urbanización de los polígonos I y II en el plan Rambla sin dicha EIA, señala que los planteamientos sobre suelos residenciales no deben pasar por este trámite salvo excepciones, como el caso Novo Carthago, y a no ser que lo indique el análisis ambiental del plan parcial. El proyecto urbanístico en concreto, señalan, data de 1989, «muy anterior a la entrada en vigor de la Ley de Evaluación Ambiental». En Lorca subrayan que «se aplica la legislación de manera rigurosa» en materia urbanística y ambiental y que, hasta ahora, no se han registrado denuncias por no someter sus proyectos urbanísticos a una EIA.

PROYECTOS SEÑALADOS

Ecologistas en Acción ha señalado siete proyectos de urbanización aprobados entre 2020 y 2023 para suelo industrial de los que no consta que se realizara una evaluación de impacto ambiental simplificada. 

Cartagena

 Proyecto de urbanización del Plan Parcial Rambla, polígonos I y II.

Murcia

Proyecto de Urbanización de la Unidad de Actuación Única del Plan Parcial Zg-Sg-Ct6 de Cabezo de Torres. 

San Javier

Proyecto de urbanización de la Unidad de Ejecución I.A del Plan Parcial ‘Usos terciarios carretera de Sucina’. 

Torre Pacheco

Modificación del proyecto de urbanización del sector apto para urbanizar Residencial ‘Santa Rosalía’. 

Alcantarilla

Modificación del proyecto de urbanización de la Unidad de Actuación Única del Sector de Uso Terciario Industrial y de Servicios en Carretera de Mula ‘Parque Empresarial San Andrés’.

Mazarrón

Proyecto de urbanización de la Unidad de Actuación U-02/16A.

Mula

Proyecto de urbanización de la UA-13.

Ecologistas critica que se «vulneren» las leyes de protección ambiental

Ecologistas en Acción tiene claro que todos los proyectos de urbanización, se ubiquen en suelos residenciales o industriales, deben ser sometidos a una Evaluación de Impacto Ambiental simplificada. Este trámite que, para la organización, se saltan los ayuntamientos es un paso más hacia la «vulneración» de las leyes ambientales. «Los ayuntamientos se amparan en que con las evaluaciones ambientales» que se realizaron en los planes generales de ordenación urbana y, posteriormente, con los planes parciales o especiales, «ya tienen suficiente», algo que «no es excusa» para la organización, quien también critica la «pasividad» del Gobierno regional a la hora de legislar o controlar estos trámites. 

Además, los procesos ambientales que siguen a los planes urbanos obligan a realizar una vigilancia ambiental del proyecto, algo que no se lleva a cabo por casi ningún ayuntamiento, dada la falta de técnicos municipales que hay para poder revisar estos informes, señala la organización. Junto con esto, critican que en los últimos años la legislación autonómica ha sufrido reformas encaminadas (leyes de simplificación administrativa) a recortar filtros ambientales. 

Ecologistas espera que la Fiscalía de la Región les dé la razón tras abrir diligencias sobre la aprobación del proyecto de urbanización del parque empresarial San Andrés de Alcantarilla sin haber realizado previamente una evaluación de impacto ambiental. 

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