Judicial
El fiscal no ve indicios de cohecho en el caso Ceeic y archiva la denuncia
El Ministerio Público considera que en los audios aportados por el denunciante no se demuestra que se favoreciera a un empresario a cambio de dinero
![El fiscal jefe de Cartagena, David Campayo.](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/96c20b7a-ebfb-4fef-b88f-7506878cfbee_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x2102y854.jpg)
El fiscal jefe de Cartagena, David Campayo. / Iván J. Urquízar
El fiscal jefe de Cartagena, David Campayo, ha archivado las diligencias de investigación del caso Ceeic tras no ver indicios del delito de cohecho por parte de un alto cargo de este vivero de empresas de la ciudad portuaria, que fue denunciado por uno de sus trabajadores por cobrar a una startup por servicios que debían ser gratuitos. También aparece como denunciado el empresario que reconoció haber pagado directamente por el asesoramiento que recibió del jefe de Desarrollo Empresarial y Financiación Europea del Ceeic, además de haber puesto en la nómina de la compañía a la mujer del asesor como una forma de "blanquear el dinero que le entregaba".
El denunciante aportó como prueba varios audios, que fueron reproducidos por este periódico, en los que el empresario reconoce haber pagado "bajo mano" al jefe de Desarrollo Empresarial del Ceeic y haber puesto "en nómina a su mujer".
Los servicios por los que cobraba este alto cargo eran los análisis financieros, el asesoramiento en ayudas o el montaje de expedientes. El Ceeic no puede cobrarlos porque están financiados por los Fondos Feder de la UE y son una entidad dependiente de la Comunidad, sin ánimo de lucro.
Las pruebas no son más que "especulaciones, promesas, intenciones, que en el ambiente informal o jocoso" no sirven como base de una posible imputación, cosidera el fiscal
Por un lado, sobre los trabajos que este alto cargo pudiera haber hecho con la startup, el fiscal considera que "no hay cláusula de incompatibilidad del denunciado para ejercer su actividad al margen del centro siempre que no se solapen con las de este". Además, ha quedado constatado que, "tras comprobar la vida laboral" de su mujer, esta "no ha tenido relaciones laborales con las empresas" del empresario implicado en el caso.
Una vez oídos los audios aportados por el denunciante, el Ministerio Público establece que "no se concretan expedientes o actuaciones donde se iban a favorecer al empresario a cambio de dinero. Reconoce que el empresario se refiere al denunciado como "mercenario"; no obstante, "no hay concreción ni detalle" que permita fijar las conductas presuntamente delictivas en negocio alguno o fecha concreta. Tan solo son, relata el fiscal "especulaciones, promesas, intenciones, que en el ambiente informal o jocoso" no sirven como base de una posible imputación delictiva.
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