La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha desestimado por haber sido presentado fuera de plazo el recurso presentado por una mujer que reclamó un millón de euros por las graves secuelas que padece su hijo desde el parto.

Señala la sentencia, la demandante reclamó esa indemnización a la consejería de Sanidad murciana al considerar que se había producido una responsabilidad patrimonial al no haber recibido, en su opinión, la atención que precisaba durante el parto.

La demanda exponía que esta mujer alumbró a su hijo en mayo de 2006 en el hospital Virgen de la Arrixaca, de Murcia, y añadía todo lo ocurrido desde su ingreso en el centro.

La demandante alegaba que el niño nació con pérdida de bienestar fetal grave y sufre desde entonces grandes limitaciones por las secuelas padecidas, que atribuye a que se cortó el cordón umbilical antes de la completa expulsión del feto.

Al desestimar el recurso, el TSJRM dice que como en la fecha del alta médica, en junio de 2006, el menor ya padecía la patología que sufre, a partir de ese momento se podía haber presentado la demanda, por lo que, al hacerlo en marzo de 2009, esta ya era extemporánea.