Un hombre al que su pareja denunció por malos tratos tras haber sido encontrada por la calle, sola y sollozando, por agentes de la Policía Local ha sido absuelto por falta de pruebas por la Audiencia Provincial de Murcia.

La sentencia desestima así el recurso que el fiscal presentó contra la resolución de un juzgado de lo Penal de Murcia que, hace ahora un año, absolvió al acusado.

El juzgado declaró en su sentencia, ahora confirmada por la Audiencia Provincial, que «no se estima acreditado que el acusado agrediera de forma alguna a su compañera sentimental, causándole las lesiones que presentaba en la zona preorbital izquierda».

Y añadía que presentaba esas lesiones cuando, en la madrugada del 10 de julio de 2013, fue vista por agentes de la Policía Local de Murcia «caminando sola y llorando por una avenida de la pedanía murciana de Casillas».

La resolución apelada absolvió al denunciado con fundamento en que la prueba aportada al juicio no permitió enervar la presunción de inocencia ante la negativa de aquél y de la propia víctima a declarar en la vista, acogiéndose así a su derecho constitucional.

Ante esta situación, añadía el juzgado, la prueba testifical de los agentes tampoco habría servido para condenar, al tratarse de una prueba de referencia y no haber sido testigos directos de los hechos, de los que solo conocían lo que la mujer les dijo. La sala ha desestimado la apelación al remitirse a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, según la cual no es posible sustituir una sentencia absolutoria por otra que condene si ello exige modificar los hechos probados.