La Audiencia Provincial de Murcia ha revocado la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número Uno de Cieza y ha condenado a una empresa a pagar a otra los 38.800 euros que costaba la maquinaria que le vendió y cuyo pago no atendió.

La sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia ha llegado a la conclusión -en contra de lo sostenido por el Juzgado del municipio- de que la compraventa existió y que la demandada no asumió el pago, por lo que la condena a abonar a la demandante el importe de la máquina, que está fijado en la 38.800 euros.

El Juzgado, en la sentencia dictada hace ahora un año, y que ahora se deja sin efecto, desestimó la demanda planteada por la firma M.D.S., S.L. y absolvió a Ll., S.L., decisión que fue apelada por la primera.

El recurso de apelación ha sido estimado ahora por la instancia superior, que señala que «se considera que de las pruebas propuestas y practicadas han quedado acreditados los hechos constitutivos de la pretensión de la demandante», que son que la compañía compradora pagase el coste total de la maquinaria. Y añade que «de las facturas aportadas y de lo manifestado por un testigo se infiere que entre las partes hoy contendientes existieron relaciones jurídicas y que, efectivamente, se suministraron las máquinas y demás elementos a que hacen referencia las mismas, y que se prestaron los servicios correspondientes».