­La Audiencia Provincial ha desestimado el recurso que presentó una mujer, en la que reclamó la guarda y custodia de su hijo, porque se considera que el interés superior de éste aconseja que continúe siendo atribuida a sus abuelos paternos. La sentencia confirma así la resolución de un Juzgado de Primera Instancia de Caravaca de la Cruz, que atribuyó el cuidado del menor a sus abuelos paternos y fijó un régimen de visitas a favor de la madre de carácter progresivo. Señala el tribunal de la Audiencia Provincial que la decisión del Juzgado es acertada, en base a las pruebas aportadas al proceso, ya que a través de la misma se garantiza el interés del niño. Y añade que han sido precisamente estos abuelos los que se han ocupado del cuidado del pequeño, que hoy día tiene ocho años de edad, desde que la Comunidad Autónoma les atribuyó su tutela.