Investigación
Dos perros mueren atropellados en Bullas e investigan a los dueños por no denunciar su desaparición
Los propietarios, que explicaron que desconocían el paradero de los canes, se enfrentan a cargos por un delito de abandono animal
![Archivo - Una agente de la Guardia Civil, de espaldas.](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/174e05bd-a33d-4408-860c-4fa6ac4d57cf_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg)
Archivo - Una agente de la Guardia Civil, de espaldas. / GUARDIA CIVIL - Archivo
Dos perros irrumpieron en la carretera, fueron atropellados por un coche y murieron. Ahora, los que eran sus dueños se enfrentan a cargos por un delito de abandono animal, ya que declararon a la Guardia Civil que no sabían dónde estaban los canes, esto es, que les habían perdido la pista y no lo habían comunicado a las autoridades. Algo que ahora es delito. Estas dos personas están en libertad con cargos tras pasar por el Juzgado de Guardia de Mula, que es el que corresponde a Bullas, localidad donde se produjeron los hechos.
Según detallan desde el Instituto Armado en un comunicado, "la investigación se inició cuando la Guardia Civil fue alertada de un siniestro vial, ocurrido en la carretera RM15, término municipal de Bullas, por el atropello de dos perros, que resultaron muertos después de irrumpir en la calzada y ser arrollados frontalmente por un vehículo, que resultó con daños materiales".
Llevaban microchip
El Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) asumió las pesquisas, sencillas porque los animales llevaban microchip. Entonces fueron a ver a los propietarios, a comunicarles que sus canes estaban muertos.
"De esta forma averiguaron que sus dueños desconocían el paradero de los perros, hecho que no había sido denunciado ni puesto en conocimiento de las autoridades", destaca el cuerpo. De ahí que se procediese a investigarles.
Lo que dice la ley
Recuerda la Benemérita que "la nueva Ley de Bienestar Animal, en su capítulo 1, artículo 24, establece las obligaciones generales con respecto a los animales de compañía y silvestres en cautividad: comunicar a la autoridad competente la pérdida o sustracción del animal en el plazo máximo de 48 horas desde que se produjo la misma, contemplando, asimismo, ejercer sobre los mismos la adecuada vigilancia y evitar la huida".
Prosigue la norma: hay que "mantenerlos permanentemente localizados e identificado al animal conforme a la normativa vigente". También se prohíbe dejar sin supervisión a cualquier animal de compañía durante más de tres días consecutivos, en el caso de la especie canina, este plazo no podrá ser superior a 24 horas consecutivas.
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