Detención

Llama a Policía tras atrapar a un ladrón frente a su casa y es detenido por conducir ebrio

El arrestado alega que no estaba dentro del coche cuando salió tras el caco, sino en su casa y que las luces del vehículo estaban encendidas para iluminar la calle por la que había huido el sospechoso

La Audiencia Provincial de Murcia.

La Audiencia Provincial de Murcia.

EFE

La Audiencia Provincial de Murcia desestimó el recurso presentado por un hombre contra la sentencia que lo condenó a una multa de 1.200 euros por conducir ebrio, hecho que fue descubierto por la Policía Local, cuya presencia había reclamado él mismo tras atrapar al presunto ladrón de su vivienda.

La sentencia señala que el juzgado de lo Penal de Murcia declaró probado que los hechos se produjeron de madrugada en abril de 2022, cuando el acusado llegó a su casa, ubicada en un carril del barrio del Progreso, con las facultades mermadas por la ingesta de alcohol.

Al ver que salía un hombre del domicilio, bajó del coche y salió en su persecución, logrando darle alcance, tras lo cual llamó a la Policía, que, al llegar, se encontró el vehículo con el motor en marcha, las luces encendidas y las puertas abiertas.

Al observar en el acusado los signos propios de la embriaguez, como andar vacilante, habla pastosa y olor a alcohol, le hicieron las pruebas, que dieron positivo, por lo que levantaron el atestado por un presunto delito contra la seguridad vial, por el que finalmente sería condenado a la multa y a la retirada del carné por un año y tres meses.

En su recurso ante la Audiencia alegó que no existían pruebas de que hubiera conducido bebido, ya que los agentes no lo habían visto al volante, para añadir que el consumo de alcohol lo había hecho en su casa, de la que salió al observar la presencia del intruso, y añadió que si su coche tenía las luces encendidas era porque quería iluminar la calle por la que huía el presunto ladrón y así facilitar su interceptación.

La Audiencia no ha dado la menor credibilidad a esa versión exculpatoria, debido a que, comenta, cualquier persona que va tras un ladrón no se detiene a arrancar el coche y encender las luces del mismo, puesto que con ello facilitaría su huida.

Además, recalca que los agentes de la Policía Local, al declarar como testigos, manifestaron que el acusado, de forma espontánea, les comunicó al llegar que había bebido, y añadieron que los faros del turismo no iluminaban el carril, sino que estaban enfocados hacia una zona de huerta.

También expusieron que el carril tenía una iluminación normal, y no escasa, como alegó el recurrente, cuya apelación se desestima, aunque, según se indica en la sentencia, esta puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.