Tribunales
El restaurante de Murcia que escondía un matadero de conejos tendrá que pagar 20.000 euros de multa
Los inspectores de Salud Pública hallaron 75 ejemplares recién sacrificados “acumulados” en un barreño en los bajos del local, que estaban llenos de polvo y telarañas
La empresa de un restaurante ubicado en una pedanía de Murcia deberá abonar la multa de 20.000 euros que le impuso la Consejería de Salud en 2017 por tener en los bajos del local un criadero ilegal de conejos en el que abundaban el polvo y las telarañas y en el que los inspectores encontraron 75 ejemplares recién sacrificados.
Así se dispone en la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) al desestimar el recurso de la empresa, en el que alegó que debía declararse nulo el expediente incoado por la Dirección General de Salud Pública al no habérsele notificado en forma la propuesta de sanción ni la resolución con la multa.
Recoge la sentencia del TSJRM que funcionarios de la Consejería de Salud visitaron el restaurante y comprobaron la existencia del criadero ilegal de conejos, que eran sacrificados allí mismo.
El acta de inspección recogió igualmente que el espacio ocupado por el mismo estaba sucio, con polvo y telarañas, y que en un barreño encontraron 75 conejos recién muertos que estaban “acumulados” en esa vasija.
En su recurso contencioso, la empresa sancionada alegó que resultaba inadmisible el mecanismo de notificación electrónica utilizado por la administración regional, que le había causado indefensión al no recibir las citadas resoluciones sancionadoras.
La Sala, que condena a la recurrente al pago de las costas, aunque las limita a mil euros, dice que procede desestimar la apelación porque la Comunidad Autónoma actuó en debida forma en esas notificaciones.
Así, comenta, la empresa sabía que había sido expedientada y que las notificaciones derivadas del expediente le serían enviadas a su correo electrónico y, además, añade la Sala, se le envió un aviso al móvil que había indicado, “que era el correcto”.
Finalmente, la sentencia indica que por causas no imputables a la administración regional, las resoluciones con la propuesta de sanción y la imposición de la misma fueron “rehusadas”.
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