Acusación de narcotráfico

La Fiscalía recurre la absolución del bailaor Rafael Amargo y pide repetir el juicio ante otro tribunal diferente

Defiende la validez de las intervenciones telefónicas que fueron anuladas por la Audiencia Provincial

(I-D) La mujer de Rafael Amargo, Luciana Bongianino; el bailaor Rafael Amargo y su abogado Marcos García Montes.

(I-D) La mujer de Rafael Amargo, Luciana Bongianino; el bailaor Rafael Amargo y su abogado Marcos García Montes. / Gustavo Valiente - Europa Press

Cristina Gallardo

Cristina Gallardo

La Fiscalía de Madrid pide un nuevo juicio para Rafael Amargo con unos jueces diferentes de los que le absolvieron del delito por tráfico de drogas por el que enfrentaba a 9 años de cárcel. En su recurso ante la Sala delo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO DE ESPAÑA, solicitan la validez del auto de intervención telefónica que fue anulado a petición de su defensa, lo que supuso la clave para que el bailaor resultara absuelto.

La sentencia concluyó que no se cumplieron las exigencias mínimas que exige la ley para acordar la intromisión al secreto de las comunicaciones y declaró nula la intervención de los teléfonos del artista, mientras que otros dos acusados que también resultan exonerados por la justicia.

Amargo se encuentra en libertad provisional desde el pasado 12 de abril, fecha en la que el juicio quedó visto para sentencia. Esta medida se acordó a instancias de la Fiscalía de Madrid para asegurar la celebración del juicio después de quebrantar las medidas impuestas de firmar ante el juzgado.

Añadían los jueces de la Sección 30 de la Audiencia Provincial que la intervención de las comunicaciones de Amargo no fue proporcionada “con base a los elementos en que fundamentaban los agentes la sospecha de la comisión de un delito contra la salud pública”. La reclamación fue planteada por la defensa de los investigados al inicio de la vista oral y el tribunal la ha considerado pertinente.

La fiscal María Rodríguez Laborda combate esta posición, considerando válido el auto judicial que justificó las escuchas. Además, la Fiscalía considera que los jueces que integraron la Sala del juicio contra Amargo están "contaminados" al haber valorado ya dicha prueba, por lo que en el caso de que el Tribunal Superior acogiera su recurso y revocara la sentencia inicial," procedería la celebración de un nuevo juicio ante tribunal distinto". 

En la argumentación de su recurso, la fiscal esgrime que el auto judicial que autorizó las intervenciones telefónicas estaba "suficientemente fundado", recogiendo "todos los indicios que se hacían constar en el oficio policial que solicitaba la adopción de medidas de investigación tecnológica". Considera además que "dicha medida de injerencia en el derecho al secreto de las comunicaciones, protegido en el artículo 18 de la Constitución española, aparecía como razonable, proporcionada y, por descontado, dictada por la autoridad judicial competente".

La fiscal insiste en que el Juez Instructor "no tiene que realizar una investigación judicial de la investigación policial, sino únicamente ponderar los indicios que le ofrece la policía para , en el caso de que lo considere proporcionado, y en todo caso, una vez comprobado que concurren los requisitos legales, proceder al dictado de la resolución que acuerde la intervención telefónica".