Tribunales
La mayoría progresista del TC avanza el rechazo del recurso del PP contra la decisión de Batet de no pedir los expedientes de los indultos
Cuca Gamarra había recurrido al Alto Tribunal por entender que se habían vulnerado sus derechos como parlamentaria
Ángeles Vázquez / Cristina Gallardo
La mayoría progresista del Tribunal Constitucional ha frenado la propuesta del magistrado conservador Ricardo Enríquez de estimar el recurso de la portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, Cuca Gamarra, y diputados de su partido contra la decisión de la expresidenta del Congreso Meritxell Batet de no pedir al Gobierno los expedientes completos de los indultos concedidos al exvicepresidente catalán y presidente de ERC, Oriol Junqueras, y el resto de condenados del 'procés'.
Al constatar que no contaba con el apoyo de sus compañeros, Enríquez ha decidido retirar su propuesta de resolución y elaborar otra para ser llevada a futuros plenos conforme al sentir mayoritario, que es partidario de rechazar el recurso del PP, que se admitió a trámite en junio de 2022 y que argumenta el derecho a la información de los diputados y los deberes de los órganos de la Cámara de preservarlos.
En junio de 2021 un grupo de diputados del PP presentaron ante la Mesa del Congreso una solicitud de informe al Ministerio de Justicia y a la Presidencia del Gobierno para acceder a los informes y documentos que integraban los expedientes de los indultos concedidos por el Gobierno a los condenados por el 1-O. Batet la rechazó y la portavoz del PP en la Cámara Baja recurrió al Constitucional al entender que se habían vulnerado sus derechos como parlamentaria.
Protección de datos
El Gobierno rechazó "hacer públicos" o "dar acceso a los expedientes" completos de los indultos a los líderes del 'procés' sin el "consentimiento expreso" de los afectados, amparándose en la Ley de Protección de Datos y en los plazos marcados en la Ley del Patrimonio Histórico Español, según dejó reflejado en una pregunta registrada por el que era diputado del Grupo Mixto Pablo Cambronero.
Según esas normas, los documentos que contengan datos personales que puedan afectar a la seguridad de las personas, no podrán ser publicados sin consentimiento expreso de los afectados, hasta que haya transcurrido un plazo de 25 años desde su muerte o, en otro caso, de 50 años, a partir de la fecha de los documentos.
El criterio que ha primado en el pleno del Constitucional ha sido el coincidente con los argumentos del Ejecutivo, mientras que la propuesta de Enríquez pretendía garantizar el derecho a la información de los diputados y dar preferencia a este derecho frente a la confidencialidad e intimidad que debe preservarse con datos personales. Su próxima propuesta de resolución expresará el sentir mayoritario del pleno del órgano de garantías.
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