Análisis

¿Podría actuar Brasil por los ataques racistas a Vinicius? Los juristas lo descartan

El ministro brasileño de justicia cita el 'principio de extraterritorialidad', que ampara crímenes contra brasileños en el extranjero, en caso de omisión en nuestro país

El jugador del Real Madrid, Vinicius.

El jugador del Real Madrid, Vinicius.

Cristina Gallardo

"Espero que tomen medidas para evitar que el racismo se apodere del fútbol". Son palabras del presidente de Brasil, Luiz Inácio Lula da Silva, a cuenta de los graves insultos contra el delantero del Real Madrid Vinicius, esta última vez en el Mestalla. Unas horas después, su ministro de Justicia, Flávio Dino, abundaba en la misma idea e iba más allá para afirmar que su país podría acudir a una figura jurídica, el principio de extraterritorialidad, para perseguir delitos como los cometidos contra el jugador si considera que las autoridades de España no actúan al respecto.

Pese a que un poco después matizaba sus palabras, para aclarar que esta posibilidad legal "tan sólo es analizada", sus afirmaciones pueden dejar dudas sobre la posibilidad de que las autoridades judiciales de un país extranjero puedan actuar respecto a los nacionales de otro por unos hechos cometidos en todo caso fuera de su territorio. Diversos juristas y expertos consultados por EL PERIÓDICO DE ESPAÑA, del grupo Prensa Ibérica, lo descartan.

Además, la realidad es que las palabras de los dirigentes brasileños han ido seguidas de diversas actuaciones en nuestro país. Estas van desde la apertura de unas diligencias de oficio por parte de la Fiscalía de Valencia como la detención de tres jóvenes por los insultos en el campo de Valencia -que seguidamente fueron puestos en libertad- o el arresto de los ultras que a finales de enero 'ahorcaron' en un puente de Madrid a una muñeca hinchable que representaba al delantero madridista.

Tras conocer las detenciones el propio ministro brasileño echaba marcha atrás y señalaba en la red social Twitter que finalmente "no habrá necesidad" de un debate sobre la extraterritorialidad. "Felicitaciones a los sistemas de justicia y seguridad en España. Deseamos éxito en la tarea de garantizar la autoridad de la ley contra los racistas", añadía.

En todo caso, desde la Fiscalía la Audiencia Nacional se rechaza de plano que una reclamación de un nacional español por parte de Brasil pueda recibir una respuesta positiva, salvo que existan elementos de conexión en determinados supuestos de jurisdicción universal, entre los que no entran los delitos de odio. "Una reclamación extradicional sobre delito extraterritorial basada en un fuero no reconocido por España no sería atendida", señalan de forma tajante.

Principio de reciprocidad

Fuentes jurídicas de la Audiencia Nacional, que es el órgano que tramita las entregas y reclamaciones internacionales, insisten en los mismos principios. De hecho, y teniendo en cuenta que Brasil no entrega nacionales de origen salvo que sean perseguidos por delitos de droga o de crimen organizado, las autoridades judiciales españolas hacen lo mismo con el país sudamericano, en virtud del principio de reciprocidad. "No entregaríamos a un español", insisten las mismas fuentes. 

En cuanto al mencionado principio de extraterritorialidad, y en el caso hipotético de que hubiera pasado lo contrario y Brasil hubiera abierto diligencias por un delito de odio similar en su territorio y fueran efectivas, no se podría abrir otra investigación paralela en nuestro país. Lo mismo debería ocurrir en el país de origen del delantero.

Las palabras del ministro de brasileño, publicadas en su cuenta de Twitter, se referían a la posibilidad de actuar como "remedio extremo" ante un crimen sufrido por un brasileño en el exterior. Según Dino, se trata de una herramienta que puede ser útil "en caso de inercia de las autoridades competentes y que puede funcionar como respuesta a agresiones injustas contra un compatriota".

"Brindis al sol"

El profesor de Derecho Internacional del ICADE José Ángel López Jiménez considera que las palabras del mandatario brasileño no suponen más que "un brindis al sol", pues la aplicación del principio de extraterritorialidad está pensado para supuestos muy diferentes, como fue en su día la detención del dictador chileno en Londres por orden de la Audiencia Nacional. En ningún caso un posible delito de de odio podría dar lugar a una actuación de las características de las mencionadas por el ministro brasileño.

Además, no cabe la aplicación de dicho principio, y tampoco el de subsidiariedad, cuando el Estado al que se reclama ha abierto una investigación con garantías, como es el caso. Se pregunta también el profesor que habría que analizar cómo están regulados los delitos de odio en un país que acaba de salir de una presidencia como la de Jair Bolsonaro.

José Antonio Perea, del Área de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad Complutense de Madrid señala a este diario que todas las jurisdicciones penales son territoriales y por ello cada vez que se ha intentado una actuación de estas características la consecuencia ha sido un incidente internacional. Como ejemplo, los intentos de EE.UU. de perseguir el narcotráfico en territorio colombiano.

Según este experto "los estados de Derecho se respeta escrupulosamente el principio de jurisdicción territorial. Sería una violacion de la soberanía nacional inmiscuirse en los asuntos internos de otro Estado".

"La excepción son los convenios internacionales por crímenes de guerra, genocidio y torturas que regulan esta cuestión, de manera que, en algunos casos, cuando hay conexión de nacionalidad se permite actuar. -explica el experto-. Pero si entramos en temas de extradiciones no existe ninguna previsión, los estados no extraditan a sus nacionales, es una regla del derecho internacional".

El delito de odio, añade el profesor, no es una conducta perseguida internacionalmente. A ello se añade la dificultad de condenar, porque tiene que demostrarse un ánimo discriminatorio que no siempre es sencillo sacar a la luz. "Si los que profirieron gritos en el Mestalla dicen que lo hicieron para divertirse, el delito puede decaer, porque a ese señor se le ha insultado gravemente, pero no se le ha discriminado", apunta.

Como antecedente de entrega a nuestro país por parte de Brasil, si bien en este caso de un nacional español, está el de Carlos García Juliá, uno de los autores de la matanza de Atocha, que fue detenido en Sao Paulo (Brasil) tras más de 20 años en busca y captura y fue entregado a las autoridades españolas en 2019.