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La jueza resuelve que los 181 estudiantes no contagiados deben abandonar el hotel covid de Palma
Los 51 jóvenes que han dado positivos sí deberán seguir confinados y bajo custodia policial en el Hotel Bellver
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La jueza resuelve que los 181 estudiantes no contagiados deben abandonar el hotel covid de Palma.
Mateu Ferrer / J.F. Mestre
Los estudiantes que han dado negativo de covid en una PCR deben abandonar el
. La jueza del juzgado de lo contencioso número 3 de Palma ha anulado la decisión adoptada el pasado domingo por la directora general de Salut Pública, que acordó que todos los jóvenes que vinieron a Mallorca en viaje de fin de curso y que se vieron envueltos en el contagio masivo, ingresaran en el hotel Covid para pasar allí la cuarentena.
La magistrada sí que avala que se mantenga el confinamiento forzoso y bajo custodia policial de todos aquellos jóvenes que hayan dado positivo. La resolución, que coincide con el criterio que fijó ayer la fiscalía, que se mostró en contra de este confinamiento general, señala que la medida de control es desproporcionada y, por tanto, no se puede adoptar.
Con esta resolución judicial el Govern no tendrá más remedio que permitir a los 181 jóvenes que no están contagiados a que puedan abandonar el hotel y regresar a sus respectivos domicilios.
En su auto, la jueza ratifica parcialmente las medidas sanitarias adoptadas en la resolución de la Directora General de la Conselleria de Salut Pública i Participació del Govern de las Islas Baleares en relación al confinamiento de los jóvenes en el Hotel Bellver. La Jueza únicamente mantiene la medida respecto a los jóvenes que han dado positivo en covid-19; en relación al resto no se ratifica la medida al no haberse acreditado por la Administración que se traten de contactos estrechos con los jóvenes positivos. Según la resolución, en el caso de los jóvenes que han dado negativo o bien no se hayan sometido a la prueba, no se considera por tanto proporcionada la medida adoptada por la Administración al limitar un derecho fundamental.
Por otra parte, la jueza requiere al Govern que informe al Juzgado cada cinco días de la evolución en la situación de cada una de las personas afectadas por la medida, a los efectos de revisar su estado y la necesidad, en su caso, de su mantenimiento.
La decisión del Juzgado es una resolución ejecutiva sin perjuicio que pueda ser recurrida en apelación ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares.
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