Sucesos

Multa de 240 euros para el hombre que mató a un perro en Campos del Río por amenazar con un cuchillo a una vecina

La sentencia considera probado que Daniel N.I. esgrimió un objeto puntiagudo y que le dijo a la denunciante: "Te tengo que matar"

El hombre que mató a un perro en Campos del Río testifica en el juzgado de instrucción nº1 de Mula

El hombre que mató a un perro en Campos del Río testifica en el juzgado de instrucción nº1 de Mula / Israel Sánchez

Alejandro Lorente

Alejandro Lorente

Daniel N.I., el hombre que mató de una patada a un perro en Campos del Río en 2022, ha sido condenado por un delito leve de amenazas y se le ha impuesto una multa de dos meses con una cuota diaria de 4 euros (240 euros en total), por amenazar de muerte a una vecina de la localidad que había asistido a la concentración de repulsa por la muerte del animal frente a la casa del agresor. Cabe recordar que durante la jornada en la que se produjo la patada, los vecinos de Campos del Río, unas cien personas, se concentraron con pancartas frente a la vivienda de Daniel para expresar su repulsa por lo acontecido. El hombre, detenido y puesto en libertad ese día, tuvo que ser escoltado por la Guardia Civil para volver a su domicilio. En ese momento, la turba vecinal comenzó a insultarle y a zarandearle. Una vez dentro, algunos de los vecinos se mantuvieron cerca de las ventanas y golpearon las persianas con las varillas de las pancartas que portaban. En un momento dado, según la acusación, Daniel mostró a través de la ventana, en dos ocasiones, «un objeto cortante, tipo machete o puñal de grandes dimensiones», que dejó a «escasos centímetros» de la cara de la denunciante, a la que le dijo: «Te tengo que matar».

Daniel N.I. testifica en el juicio por delito leve de amenazas, el pasado lunes

Daniel N.I. testifica en el juicio por delito leve de amenazas, el pasado lunes / Israel Sánchez

No se ve el cuchillo en las imágenes

Aunque en la sentencia, a la que ha tenido acceso La Opinión, la juez del Juzgado de Instrucción nº 1 de Mula admite que en las imágenes que grabó una camara de televisión no se aprecia qué tipo de objeto sostiene el condenado (él asegura que se trataba de una pletina del store que se había roto de la persiana), sí se observa que era "un objeto puntiagudo" y que lo golpeó contra la persiana, frente a la mujer. Además, la sentencia concede mucha veracidad a los testimonios de la denunciante y de otros testigos, por lo que los considera una "prueba de cargo suficiente".

La sentencia explica que aunque la situación vivida por Daniel "le pudo hacer verse inmerso en un estado de temor por la cantidad de gente que había fuera de su vivienda increpándole e insultándole, temiendo por su integridad física", no está justificado que él empezara a golpear la persiana, amenazara a la denunciante "y esgrimiera un cuchillo contra esta", por lo que esa conducta es "merecedora de reproche penal".

El juicio por maltrato animal sigue su curso y en septiembre se tomará declaración a la propietaria de la perrita Lola y al acusado.