El propietario de un patinete ha sido condenado a pagar 4.130 euros a un motorista por las lesiones sufridas por este cuando se estrelló contra el mismo, que se había quedado paralizado en un paso de cebra, obstruyendo así la libre circulación.

Así se dispone en la sentencia dictada por un juzgado de primera instancia de Murcia que acaba de ser confirmada por la Audiencia Provincial en una resolución en la que se indica que la existencia del monopatín en la calzada solo fue posible por la propia falta de diligencia de su dueño.

Y añade que fuera porque la acera estaba más alta, por la falta de control del monopatín o por cualquier otra causa, lo cierto es que este quedó en la calzada y obstaculizaba el tráfico.

La sentencia, que tiene como ponente al presidente de la Audiencia Provincial, el magistrado Miguel Ángel Larrosa, rechaza así el recurso que el demandado presentó contra la dictada por el juzgado de primera instancia número Uno de Murcia hace ahora poco más de un año.

En su apelación, el recurrente alegó que la conducta negligente fue la del conductor de la motocicleta, al no haber advertido la presencia del monopatín, que se había quedado atascado en la calzada.

Y añadió que fue su conducta de reanudar de inmediato la marcha al ponerse el verde en el que estaba parado y no estar atento a la circulación la causante del accidente.

También expuso que, en todo caso, el tribunal debía aplicar la concurrencia de culpas, de manera que el cincuenta por ciento de las mismas fuesen atribuidas al demandante, con la consiguiente rebaja en la indemnización fijada.