En el año 2018, El Hormiguero 3.0 preparó un decorado especial para la realización de un sketch que, posteriormente, emitirían durante cuatro episodios. Sin embargo, en esa a priori inocente escenografía aparecía una obra de la artista yeclana Mar Hernández –más conocida como ‘Malota’– que el programa de Pablo Motos había utilizado sin su consentimiento. Ahora, según detalla la Asociación de Profesionales de la Ilustración Valenciana (APIV), la justicia ha dado la razón a la creadora murciana.

En concreto, la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a la productora 7 y Acción S. L. y al grupo de comunicación Atresmedia –responsables de El Hormiguero– a indemnizar a Malota con 16.000 euros más intereses. La sentencia habla de una «vulneración de su propiedad intelectual» al haber utilizado sin permiso una pieza de su autoría titulada Astrónomo. Además, se trata por fin, y tras casi cuatro años de litigio, de un dictamen firme –fechado en el pasado 11 de febrero–, una vez se han resulto los recursos de apelación interpuestos por ambas partes.

«Sigue estando demasiado extendida la creencia de que, en el arte, el trabajo se hace por vocación, privándole del valor que tiene»

Desde APIV detallan que la Audiencia Provincial de Madrid da la razón a la ilustradora demandante al reconocer que la exhibición sin consentimiento de su obra en el programa El Hormiguero «no solo causó un evidente perjuicio patrimonial, sino que fue susceptible de provocar daño moral», extremo que siempre fue puesto en duda por las entidades demandadas pero que, según esta sentencia, si puede ser una de las consecuencias de la vulneración de los derechos de la artista.

Y es que, entre las circunstancias que envuelven el caso, se encuentran «desde la sorpresa al descubrir la infracción, de manera inadvertida, a través de la televisión, pasando por la impresión de baja calidad de la obra, hasta el entorno jocoso y peyorativo del decorado y del sentido del espacio del sketch donde la obra se utiliza». Esto es así ya que –como señala la resolución judicial citada por APIV–, en dicha pieza, la obra de Malota se presenta «como parte del apartamento de un personaje de aspecto descuidado y sucio, con una decoración que pretende estar a juego con el personaje», donde la obra aparece colocada de manera torcida y respecto de la cual otro personaje comenta que el autor de todo aquello «no tiene ni puta idea de estética». También se valora la persistencia en la forma en la que la infracción presenta dicha obra, «al haber mantenido de manera continuada el acceso a ese espacio a través de redes sociales y plataformas digitales».

Un colectivo muy maltratado

Tanto la autora como su abogado, Àlex Devís, se muestran satisfechos con el resultado y destacan la importancia de no resignarse ante este tipo de situaciones y reclamar. «Sigue estando demasiado extendida la creencia de que, en el ámbito del arte, en los sectores creativos en general, el trabajo se hace por vocación, privándole del valor que tiene», señalan.

En los mismos términos se expresa el letrado del caso: «Lamentablemente, estamos ante un colectivo muy maltratado y este tipo de sentencias son importantes porque sirven para que se tome conciencia de que la legislación de propiedad intelectual otorga derechos a los autores y de que no hay que bajar los brazos ante las infracciones».

«Las personas que trabajamos en el ámbito de la creación solemos sentirnos muy desamparadas cuando ocurren este tipo de vulneraciones. En mi caso fue una suerte contar, desde el primer momento, con el apoyo y el asesoramiento de APIV y de su abogado, Àlex Devís. Esto me ha permitido afrontar este litigio con profesionalidad y, aunque ha sido un proceso largo y en algunos momentos ingrato, estoy muy contenta con el resultado», insiste la artista yeclana.

Desde la Asociación de Profesionales de la Ilustración Valenciana –comunidad en la que reside la creativa murciana– también han considerado «muy positiva» la sentencia y creen que es «un gran incentivo para continuar con su labor de defensa del colectivo».