Justicia
"Es bueno que callemos los que no tenemos que aplicar la amnistía"
No obstante, defiende que los magistrados que tengan dudas sobre la constitucionalidad de la ley deben presentar recursos
![Miguel Pasqual del Riquelme, presidente del TSJMU.](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/88c3ff7e-408b-4ea1-a459-f2c333dbe666_16-9-aspect-ratio_default_0_x742y369.jpg)
Miguel Pasqual del Riquelme, presidente del TSJMU. / Juan Carlos Caval
Para bien o para mal, ayer fue un día histórico. A falta de que se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la ley de amnistía ya está aprobada con el voto de la mayoría absoluta del Congreso. Se trata de una de las normas más controvertidas de los últimos años, tanto por la contestación que está teniendo por parte de importantes sectores de la sociedad, como por las dudas de su constitucionalidad manifestadas por políticos y juristas. Uno de esto últimos fue el propio presidente del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU), Miguel Pasqual del Riquelme, que ayer se mostró muy cauto. «En esto, como en tantas otras cosas, es bueno que quienes no tenemos un asunto en el que la ley de amnistía deba ser aplicada, callemos y esperemos la respuesta que cada juez dé a cada caso concreto. Para eso están los recursos», afirmó.
«Si como tantas veces se ha dicho y, además, yo comparto, existen dudas sobre la completa constitucionalidad o ajuste de esa ley con el acerbo comunitario, los jueces tendrán, en el ejercicio legítimo y obligado de su función jurisdiccional, que plantear las cuestiones constitucionales o prejudiciales con el tribunal de Justicia que estimen oportuno», manifestó el presidente del TSJ de la Región, remarcando que «corresponde a cada juez que tenga uno de estos asuntos, tomar la decisión que en derecho considere ajustada».
Aunque reconoció que los jueces hacen pocas valoraciones sobre las leyes que se aprueban fuera de sus sentencias, añadió que, como norma, cuando el Parlamento da luz verde a una nueva legislación, esta «debe ser acatada por los jueces y magistrados de toda España». Es más, «esa es la obligación primera y única del juez. Aplicar una ley significa atender a su tenor literal y a todo su contexto normativo en la que se produce», concluyó.
Aplicación en dos meses
La ley de amnistía fija que los tribunales tendrán que aplicar la amnistía en un plazo máximo de dos meses. El Tribunal Supremo y los juzgados y tribunales de Cataluña son los que acumulan la mayoría de las causas relativas al proceso independentista.
En el Tribunal Constitucional, por su parte, se prevé que se presenten cuestiones de inconstitucionalidad —por parte de los jueces en casos de dudas sobre la legalidad de la ley— o recursos de inconstitucionalidad —al menos de la mano del PP, que ya ha anunciado su intención de acudir a la corte de garantías—.
Sobre este extremo, fuentes jurídicas recuerdan que los tribunales antes de adoptar cualquier decisión tienen que consultar a las partes del procedimiento, incluida la propia Fiscalía. De ahí la importancia de que desde el Ministerio Público se fije un criterio sobre la aplicación del texto legal a los solicitantes.
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