Social

Respaldo judicial a los interinos en excedencia por cuidado de un hijo menor en la Región

El TSJ reconoce que los docentes acogidos a esta situación deben cobrar las vacaciones de verano

El Sindicato SIDI celebra el fin de la "discriminación" a estos trabajadores

Una docente imparte clase a los alumnos de Secundaria.

Una docente imparte clase a los alumnos de Secundaria. / L.O.

Adrián González

Adrián González

Los docentes interinos de la Región de Murcia en periodo de excedencia por cuidado de un hijo menor podrán cobrar las vacaciones íntegras de los meses de verano. Se trata de un «éxito judicial»: a partir de ahora contará para este personal funcionario interino este periodo para el cómputo de los 255 días del pago de julio y agosto. 

Así lo celebró este lunes el Sindicato Independiente de Docentes (SIDI) en la Comunidad tras la sentencia notificada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia. Una excedencia por cuidado de hijos se solicita para cuidar a un hijo recién nacido al haber finalizado la baja por maternidad y hasta que el hijo cumpla 3 años.

En concreto, según el fallo fechado el 7 de marzo, se estima un recurso presentado por el sindicato en el que se solicitaba que no se «discriminara» a los docentes interinos y que se considerara como trabajado sus periodos de excedencia por cuidado de hijos a efectos de que se les abonaran los meses íntegros de vacaciones de julio y agosto, lo que suponía «una evidente discriminación para este colectivo, además de que se penalizaba la maternidad y la conciliación de la vida personal y familiar», exponen desde SIDI. Es la primera sentencia en este sentido dictada por el órgano judicial superior de la Comunidad.

"Se penalizaba la maternidad y la conciliación de la vida personal y familiar", afirma el sindicato

Para el presidente de SIDI en la Región, Luis Prieto, la importancia de la pionera sentencia se debe a que ha sido dictada por el TSJ, con lo cual este fallo, asegura, «vincula ya a todos los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la Región de Murcia». Prieto, en declaraciones a La Opinión, afirma que «acaba con una discriminación» que venían sufriendo los funcionarios interinos con respecto a los funcionarios de carrera. 

En el caso de estos últimos, el tiempo de excedencia por cuidar de hijos se considera como tiempo trabajado a todos los efectos, mientras que, hasta la fecha, a los interinos no se les computaba y no cobraban el verano, ni siquiera julio y agosto.

«Había muchos interinos que tenían que renunciar a esta excedencia porque se les privaba incluso de cobrar el periodo vacacional», añade Prieto, quien estima que en los últimos años han sido «cientos» de profesionales los que se han visto en esta situación.

El Servicio Jurídico de la Comunidad Autónoma, explica el presidente de SIDI, consideró que a estos profesionales no se les podía tener en cuenta y se decidió eliminar esta retribución, algo que fue recurrido ante la Justicia por el sindicato y que ahora el TSJ ha acabado dándole la razón.