Un nuevo decreto establece las obligaciones de vigilancia del bienestar animal en las explotaciones ganaderas

Contempla la elaboración de un plan sanitario integral y la adaptación a las normas europeas

Explotación porcina en la Región de Murcia.  | FECOAM

Explotación porcina en la Región de Murcia. | FECOAM / Cristina HerediaCristina Heredia

Cristina Heredia

La pasada semana fue aprobado el Real Decreto 364/2023, que establece las bases de desarrollo de la normativa de la Unión Europea de sanidad animal en relación con las obligaciones de vigilancia del titular de la explotación y el plan sanitario integral de las explotaciones ganaderas.

Además, introduce varias normas de ordenación ganaderas con el objetivo principal de regular aspectos relacionados con la salud animal en las explotaciones ganaderas.

Entre los aspectos más importantes están las obligaciones de vigilancia del titular de la explotación en cuanto a los aspectos de la salud de los animales. Esto implica la implementación de medidas de prevención, control y erradicación de enfermedades animales, así como la notificación de posibles brotes o casos de enfermedades.

Asimismo, introduce el Plan sanitario integral de las explotaciones ganaderas. En este sentido, será obligatorio elaborar y aplicar un plan sanitario integral en las explotaciones ganaderas que incluirá medidas de prevención, control y vigilancia de enfermedades, así como la aplicación de buenas prácticas ganaderas en materia de higiene y bienestar animal.

Por último, contempla diferentes modificaciones a normas de ordenación ganaderas existentes. Estas modificaciones están destinadas a garantizar la coherencia y adecuación de la normativa española a la normativa de la Unión Europea en materia de sanidad animal.

Bienestar animal

El veterinario de explotación es un profesional especializado en la sanidad animal y el bienestar de los animales en las explotaciones ganaderas cuya función principal es supervisar el nivel sanitario y el bienestar animal de la explotación de manera regular y presencial. La frecuencia de las visitas zoosanitarias se basa en el riesgo que presente la explotación, y su labor está estrechamente relacionada con el Plan Sanitario Integral.

Su función es la de llevar a cabo inspecciones obligatorias, alertar sobre posibles riesgos y colaborar en la prevención, control y erradicación de enfermedades animales. Además, ejerce como enlace entre los ganaderos y las autoridades sanitarias.