Tribunales

El Constitucional estima que el Puerto de Cartagena vulneró el derecho a la libertad de expresión

Ampara a CCOO y asegura que Segado realizó un comunicado en el que condicionaba el uso de la vivienda del faro de Mazarrón a que CCOO se retractara de unas declaraciones que había hecho en el ejercicio de su libertad sindical

Joaquín Segado, portavoz del PP en la Asamblea Regional.

Joaquín Segado, portavoz del PP en la Asamblea Regional. / L.O.

EFE

El Tribunal Constitucional (TC) ha estimado la demanda presentada por Comisiones Obreras (CCOO) por vulneración de derechos fundamentales del sindicato contra Joaquín Segado durante su etapa como presidente de la Autoridad Portuaria de Cartagena (APC).

El TC ampara a CCOO y anula una resolución previa del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) que ratificaba una sentencia anterior del 28 de junio de 2019 dictada por el juzgado de lo social número 3 de Cartagena.

Los hechos se remontan a finales del año 2018, cuando Segado realizó un comunicado en el que condicionaba el uso de la vivienda del faro de Mazarrón a que CCOO se retractara de unas declaraciones que había hecho en el ejercicio de su libertad sindical.

El sindicato presentó una demanda en el juzgado, que declaró vulnerados los derechos sindicales y la nulidad de la actuación.

Además, condenó a la APC a difundir íntegramente y de forma inmediata la sentencia poniéndola en conocimiento de todos los trabajadores a través del correo corporativo.

También requirió a Segado para que en lo sucesivo no condicionase los derechos adquiridos de los trabajadores a las comunicaciones realizadas por la sección sindical de Comisiones Obreras.

Esta sentencia fue recurrida por la APC ante la Sala de lo Social del TSJRM, que en 2020 la absolvió de las peticiones de la demanda.

CCOO solicitó entonces el amparo del TC, que al estimar su demanda afirma que el comunicado de Segado constituye "una injerencia en los derechos fundamentales porque tiene la entidad suficiente para cercenarlos" al constituir una "exigencia directa" al sindicato de retractación de las manifestaciones críticas con la gestión de la APC.

Añade que de manera indirecta el mensaje pudo ser interpretado como un "intento de control futuro o una limitación de potenciales críticas" de los sindicatos.

De este modo, la actuación desplegada por el presidente de la APC fue "disuasoria e impeditiva de la efectividad promocional" del derecho a la libertad de expresión y sindical, según fuentes de CCOO, que han mostrado su satisfacción por el resultado y han destacado el "gran trabajo" realizado por el abogado Luis Martínez Vela. 

Carmina Fernández: “Es un nuevo varapalo a la nefasta gestión pública del PP”

La vicesecretaria general y portavoz del PSOE de la Región de Murcia señala que la sentencia a favor de CCOO, contra las decisiones de Joaquín Segado cuando era presidente de la Autoridad Portuaria de Cartagena, es una muestra más de que el PP de López Miras ha usado las instituciones como si fueran su cortijo.

La vicesecretaria general y portavoz del PSOE de la Región de Murcia, Carmina Fernández, ha asegurado que la sentencia del Tribunal Constitucional en favor del sindicato CCOO es un nuevo varapalo a la gestión pública del PP de López Miras.

“Joaquín Segado, que se atreve a dar tantas lecciones todos los días, si tuviera algo de decencia, lo que haría sería dimitir de inmediato por esta sentencia sobre su gestión como presidente de la Autoridad Portuaria, porque él era el máximo responsable”, ha añadido.