Política

Claves para entender los contratos menores

Las obras en institutos se adjudican a través de contratos menores.

Las obras en institutos se adjudican a través de contratos menores. / alberto sánchez

La Opinión

La Opinión

La Ley de Contratos del Sector Público establece que para poder contratar una prestación de servicios o de obras por parte de la Administración es necesario seguir el procedimiento de licitación pública. Sin embargo, existen determinadas necesidades de servicios o productos que no resultan tan relevantes y que, por tanto, no requieren la tramitación por el complejo procedimiento de contratación. Dichos contratos son los considerados como contratos menores.

Cuantía

Han de tener un valor inferior a 40.000 euros cuando sean de obras y de 15.000 cuando sean de suministro o de servicios. Existe una excepción, y es que serán considerados contratos menores aquellos que estén relacionados con la ciencia e innovación cuando no superen los 50.000.

Contratistas

Los contratos menores podrán ser adjudicados a cualquier contratista que tenga la habilitación necesaria para ello.

Adjudicación

La tramitación de los contratos menores requiere que el expediente administrativo contenga un informe del órgano de contratación en el que se justifique de manera detallada la necesidad de la obra o servicio que desea contratar, siempre y cuando el importe del contrato supere los 5.000 euros y el medio de pago que se utilice sea el sistema de anticipo de caja fija. El expediente de contratación debe contener la aprobación del gasto por parte del órgano administrativo contratante e incorporar la factura que emita el operador económico cuando el contrato haya sido ejecutado. En el caso de los contratos de obras, la ley exige que el expediente administrativo incorpore el presupuesto de las mismas, el proyecto cuando así lo exijan las normativas específicas e incluso, los informes de supervisión cuando el objeto afecte a la estabilidad de la obra.

Publicación

La información relativa a los contratos menores deberá ser publicada con una frecuencia trimestral, y deberá comprender: el objeto, duración, importe con IVA y el proveedor.

Límites

La duración del contrato menor no deberá ser superior a un año, no puede ser objeto de prórroga y no se permite la revisión de precios.

Contrato especial

Son aquellos que no se encuentran regulados en la Ley de Contratos del Sector Público, pero que tienen naturaleza administrativa especial por estar relacionados con la actividad de la Administración Pública.

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Los contratos de la Mar de Músicas de Cartagena acaban en el Juzgado

En Cartagena, el Grupo Municipal de Movimiento Ciudadana ha presentado una denuncia ante los Juzgados de Cartagena contra el actual concejal delegado de Cultura, Carlos Piñana, por presunta prevaricación de este último en la adjudicación de escenarios de la última edición de La Mar de Músicas. Según explicó el portavoz y candidato a la alcaldía de la formación cartagenerista, José López, Piñana podría haber recurrido a la «inmoral práctica de ‘fraccionar’ contratos para conceder a dedo encargos un total de seis contratos menores a cuatro empresas». Estas empresas son, según pudo comprobar La Opinión en el portal de Transparencia del Ayuntamiento: Telemag de Lorca (tres contratos que suman unos 78.500 euros por la instalación de material técnico de sonido); Sonobexi S.L.(18.125 euros por: luces, sonido y personal técnico para los conciertos); y los particulares Juan Antonio Cegarra Hernández (11.400 euros) y José Martínez García (14.430 euros). Carlos Piñana salió al paso de las acusaciones y explicó que «lo que hizo la Concejalía el año pasado fue salvar la edición porque una semana antes de los conciertos la empresa que debía montar los escenarios renunció al contrato. Fue una empresa la que había puesto un recurso que paralizó el contrato y lo ganó, pero a una semana del festival, renunció a hacerlo. Ese fue el problema, y en la solución trabajaron los servicios jurídicos y la intervención municipal. Siguiendo su criterio, la concejalía logró tener los escenarios preparados a tiempo para celebrar el festival».

Mario Gómez, en su intervención previa al Pleno de este jueves en Murcia

Mario Gómez / JUANCHI LOPEZ

Uno de los argumentos de la moción de censura en Murcia

La contratación menor en el Ayuntamiento de Murcia lleva siendo una cuestión polémica y conflictiva desde hace años. Hasta el punto de que fue uno de los argumentos que esgrimieron PSOE, CS y Podemos para presentar la moción de censura que acabó con el PP en la oposición tras 26 años de los populares. Los tres partidos argumentaron que se estaba haciendo un uso incorrecto de la contratación menor y que el Gobierno del alcalde José Ballesta no estaba haciendo nada por remediar la situación. También la Intervención municipal se ha mostrado bastante crítica con este tipo de adjudicaciones que deben ser la excepción y no la normalidad a la hora de funcionar la Administración local. Además, los contratos menores y sus posibles fraccionamientos llegaron a la Fiscalía tras la entrega a la UDEF por parte del concejal de Fomento y ahora vicealcalde, Mario Gómez, de abundante documentación sobre esta práctica. El Ministerio Fiscal concluyó que no se había producido delito aunque sí apreció en un puñado de contratos desajustes, defectos formales pero esos hechos «no alcanzan la valoración de injustos y arbitrarios propios del delito de prevaricación, entendiendo procedente el archivo de las actuaciones». El PP, ahora en la oposición, ha acusado al Gobierno de PSOE y Ciudadanos de «abusar» de los contratos menores y de realizar, en algunos servicios, más adjudicaciones que antes por este procedimiento.