Tribunales

La magistrada rechaza el recurso de Valcárcel y mantiene la decisión de llevarlo a juicio

La magistrada lo responsabiliza de las decisiones que llevaron a la adquisición de la desaladora de Escombreras

Valcárcel acude a declarar ante el juez en junio de 2020.

Valcárcel acude a declarar ante el juez en junio de 2020. / Israel Sánchez

María José Gil

María José Gil

El Juzgado de Instrucción número 1 de Murcia ha rechazado el recurso del expresidente de la Comunidad Autónoma Ramón Luis Valcárcel y mantiene su decisión de llevarlo a juicio por el caso de la desaladora. 

La magistrada que instruye la pieza separada del llamado caso La Sal contra el exjefe del Ejecutivo regional dictó un auto el pasado 17 de octubre en el que establecía la continuación del procedimiento contra el investigado al considerar que intervino «en todos los pasos que condujeron a la adquisición de la desaladora por acción u omisión cooperando de ese modo a su ejecución», por lo que lo considera responsable de las decisiones adoptadas por el Gobierno.

Además, dio un plazo de 30 días a la Fiscalía y las acusaciones particulares personadas para solicitar la apertura del juicio oral. Por su parte, la acusación popular ha pedido 13 años de cárcel por los delitos de malversación y fraude en las subvenciones, además de 15 años de inhabilitación por prevaricación, tal y como informó La Opinión.

La magistrada apunta en el auto notificado este martes que la instrucción permite «atribuir al investigado (de modo indiciario, dada la fase en la que nos encontramos) una presunta responsabilidad penal en lo acontecido, sin perjuicio del resultado y valoración global de la prueba en el juicio oral».

Valcárcel había presentado un recurso de reforma, que ahora ha sido desestimado, en el que señalaba que se ha producido «un giro copernicano» en el procedimiento, dado que la magistrada está a un paso de sentarlo en el banquillo después de que la Audiencia Provincial le obligara a reabrir la investigación, cuando en enero 2021 le dio carpetazo.

La instructora responde que ni los Servicios Jurídicos ni la Intervención conocían los contratos firmados

El expresidente sostiene que las decisiones adoptadas por el Consejo de Gobierno para firmar los contratos de una desaladora que permitiera disponer de caudales a la Región no encontró ningún tipo de impedimentos ni en los Servicios Jurídicos ni en la Intervención de la Comunidad. La instructora responde que «informar» sobre los estatutos de una sociedad pública «no equivale ni puede suponer validar las actuaciones posteriores que los gestores de dicha sociedad lleven a cabo. Lo único que informó previamente la Dirección de los Servicios Jurídicos fue el proyecto de estatutos de Hidronostrum (la sociedad pública creada por la Comunidad que compraba el agua a la compañía de ACS propietaria de la planta), en ningún caso la gestión desarrollada a continuación desde dicha mercantil una vez constituida».

Concluye que el informe de los Servicios Jurídicos «no valida la adquisición de las acciones» de la desaladora ni «los contratos previamente suscritos por ésta, a espaldas de la Intervención y de los Servicios Jurídicos de la Comunidad». Deja claro que tampoco estos órganos de supervisión «fueron consultados sobre los contratos de arrendamiento y de operación y mantenimiento ni sobre la compra de las acciones».

La titular del Juzgado de Instrucción que investiga la pieza separada remite en la mayor parte de sus argumentos «al auto de 30 de marzo de 2022 de la Audiencia Provincial de Murcia, cuya fundamentación ha sido acatada por esta instructora».

Así, asume las conclusiones del Juzgado número 5, que ha procesado al exconsejero Antonio Cerdá y al resto de imputados, en las que queda de manifiesto «la connivencia con un proyecto ruinoso para la Comunidad por parte de todos los investigados, sea cual sea su concreta intervención en los más de diez años investigados». El auto notificado ayer puede ser recurrido en apelación ante la Audiencia Provincial.